MINISTERI DE TREBALL I ASSUMPTES SOCIALS 2
Tesorería General de la Seguridad Social
Dirección Provincial de Tarragona
Unidad de Recaudación Ejecutiva de Reus
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Dirección Provincial de Tarragona
Tesorería General de la Seguridad Social
Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona 43/05
Instituto Nacional de Empleo
Dirección Provincial de Tarragona
Secretaria General
Servei d'Obres Públiques i Contractació
Consell Comarcal de l'Alt Camp
Consell Comarcal del Baix Ebre
Consell Comarcal del Tarragonès
Consell Comarcal del Montsià
Consell Comarcal de la Ribera d'Ebre
Ajuntament de l'Espluga de Francolí 13
Ajuntament de Mont-roig del Camp 14
MINISTERI DE TREBALL I ASSUMPTES SOCIALS
No habiéndose podido notificar a los interesados que se relacionan a continuación por resultar su domicilio desconocido, por encontrarse ausente del mismo o por rehusar la pertinente comunicación, según notificación del servicio de Correos, mediante el presente anuncio, conforme a lo establecido en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley de Régimen Común, se notifican las bajas de oficio practicadas por esta Dirección Provincial al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social en virtud de lo establecido en el artículo 35.2.3.º del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores a la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 84/96, de 26 de enero (BOE de 27.2.96).
| Apellidos y nombre | N.º afiliación | Fecha baja | Domicilio | |||
| Aguilera Soto, Francisco | 38/00234266/86 | 28/02/98 | Salou - Ed. Uolas, 80, 3.º 3.ª | |||
| Alabart Comes, Lorenzo | 43/00532290/21 | 31/12/96 | Vila-seca - Onze de Setembre, 13, 3.º D | |||
| Amell Cabezas, Germán | 08/05109070/90 | 28/02/98 | Salou - Madrid, ed. Mimosas, local 9 | |||
| Amores Fabregat, Julio | 43/00358103/46 | 31/10/96 | Constantí - Juan Ramón Jiménez, 7, 6.º | |||
| Ben Belga, Rejaibi Jalel | 43/10010507/01 | 31/03/98 | Salou - Via Aurèlia, 17, 2.º | |||
| Bordignon, Moreno | 43/00535044/59 | 31/12/94 | Tias - Anzuelo, 5 b | |||
| Burlo Valero, Carmen | 43/00400453/07 | 28/02/98 | Salou - Pl. Venus, 2 | |||
| Carbonell Vives, Misericordia | 43/00445435/78 | 28/02/98 | Salou - Saragossa, ed. Bahia Dorada, 2, 104 | |||
| Carceller Salvadó, Silvia | 43/00511533/22 | 28/02/98 | Vila-seca - Pl. Església, 15 | |||
| Carreté Sanrafael, Aurelio | 43/00297209/68 | 31/12/97 | La Selva del Camp - Gral. Contreras, 13 | |||
| Clavero Roche, Consuelo | 50/00479769/24 | 31/03/98 | Salou - Norte, 63, 2.º 1.ª | |||
| Díaz Martínez, Francisco | 07/00740960/24 | 28/02/98 | Tarragona - Bl. S. Tomàs, C, 4.º 3.ª | |||
| Egea Pastor, Manuel | 41/00743496/03 | 31/01/98 | Constantí - Juan Ramón Jiménez, 9, 2.º 1.ª | |||
| Elías Doménech, Manuel | 43/00536556/19 | 31/07/97 | Montblanc - Solans, 20 | |||
| Etchechurr, John | 43/00588939/22 | 31/01/98 | Salou - València, 106 | |||
| Foulds, Susan | 43/00526412/60 | 28/02/98 | Salou - Carles Roig, 14 | |||
| García Domínguez, Inmaculada | 43/00525194/06 | 28/02/98 | Salou - Francolí, 12, 3-335 | |||
| García Suárez, María | 08/04973524/69 | 31/03/98 | El Montmell - Bèlgica, 8 | |||
| González González, Emilio | 22/00422146/80 | 31/08/96 | Zaragoza - Heraldo de Aragón, 44 | |||
| Gutiérrez Fenoll, Guadalupe | 03/00385216/63 | 28/02/98 | Salou - París, ed. Anagabu, 3, 1.º 1.ª | |||
| Jason, McCoid | 43/10004077/70 | 28/02/98 | Salou - Amposta, 5-A, ed. Sancho Abarca | |||
| López García , Alicia | 43/00515482/91 | 28/02/98 | Salou - Carles Buigas, 43, 5.º 2.ª | |||
| Mayoral Ventura, Juan | 08/02239311/92 | 30/11/96 | Llorenç del Penedès - Carretera, s/n. | |||
| Monclús Arnal, Pedro | 50/00676267/94 | 28/02/98 | Salou - Francolí, 2 | |||
| Montoliu Ferrandis, Fausto | 12/00478142/68 | 30/11/97 | Vila-seca - Joaquim Serra, 10 - 607 | |||
| Orteu Torres, José María | 43/00405930/52 | 31/12/97 | Tarragona - Eivissa, 14, 3.º 1.ª | |||
| Paretas Juhe, José | 08/05110214/86 | 28/02/98 | Barcelona - Villarroel, 137, 4.ª 1.ª | |||
| Pastor Ramiro, Félix | 08/03952069/24 | 31/03/98 | Salou - Pere Martell, 13, esc. F, 1 D | |||
| Paula Damacela, Elenita | 07/10009913/80 | 28/02/98 | Tarragona - Bl. S. Tomás, esc. C, 4.º 3.ª | |||
| Pérez Moreo, Juan | 43/00447197/94 | 31/03/96 | Constantí - Barcelona, 28, 6.º C | |||
| Ramos González, Juan José | 37/00308967/21 | 28/02/98 | Salou - Ps. Miramar, 10 | |||
| Rodríguez Álvarez, Antonio | 43/00389629/47 | 28/02/98 | Reus - La Salle, 33 | |||
| Romero Gómez, Claudia | 43/00556409/84 | 31/12/92 | Calafell - E. Rodríguez Pita, 23 | |||
| Romero Gutiérrez, Matilde | 08/02521872/92 | 28/02/98 | Salou - Pl. S. Jordi, ed. Diamante, esc. A, 2-205 | |||
| Ruiz Jiménez, Gemma | 43/00463274/69 | 31/10/97 | Valls - Sant Benet, 19 | |||
| Sabaté Benaiges, Francisco | 43/00365307/72 | 28/02/98 | Salou - Murillo, 9 | |||
| Sabaté Piñana, José Luis | 08/04513331/44 | 31/05/97 | Salou - Barcelona, 37, 4.º 1.ª | |||
| Sánchez Noguera, Ana María | 43/00552096/39 | 28/02/98 | Salou - Cambrils, 14 | |||
| Sánchez Rico, Antonio | 28/01296503/92 | 28/02/98 | Salou - Bruselas, ed. Capote, 1-E | |||
| Thiam, Cheikh | 43/00528775/95 | 28/02/98 | Salou - Pere Cardona, 9 | |||
| Tomás Cuenca, Gloria | 43/10022411/71 | 28/02/98 | Vila-seca - Emili Vendrell, 15, 1.º 2.ª | |||
| Torrents Pujalto, Jorge | 08/02621848/61 | 31/05/89 | Montblanc - Solans, 12 | |||
| Torrus Ros, Miguel | 07/00649720/61 | 31/03/98 | Salou - Verge del Pilar, 2, 3.º 5.ª | |||
| Valerio Piernas, M. Luisa | 43/00297324/86 | 28/02/98 | Salou - Barcelona, 54-203 | |||
Pudiendo presentar, en el plazo de treinta días siguientes al de esta notificación, reclamación previa ante esta Dirección Provincial, en aplicación del artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE de 11.04.95).
Tarragona, 4 de enero de 1999. -- El director provincial, Pablo Martín-Sanz García .
No habiéndose podido notificar a los interesados que se relacionan a continuación por resultar su domicilio desconocido, por encontrarse ausente del mismo o por rehusar la pertinente comunicación, según notificación del servicio de Correos, mediante el presente anuncio, conforme a lo establecido en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley de Régimen Común, se notifican las bajas de oficio practicadas por esta Dirección Provincial al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social en virtud de lo establecido en el artículo 35.2.3.º del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores a la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 84/96, de 26 de enero (BOE de 27.2.96).
| Apellidos y nombre | N.º afiliación | Fecha baja | Domicilio | |||
| Aguilera Méndez, Víctor | 43/00512482/01 | 31/12/97 | Tarragona - Av. Andorra, 11, 2.º 4.ª | |||
| Angulo Canturri, Alberto | 43/00340876/85 | 31/12/97 | Tarragona - Apodaca, 22, 3.º 2.ª | |||
| Barroso Salvador Jordi | 43/00375645/31 | 31/12/95 | Salou - Pl. Europa, ed. Murillo | |||
| Benítez Rodríguez, Ángel | 08/02872596/64 | 31/10/98 | Barcelona - Av. Borbón, 11, bj. 1.º | |||
| Blasco Peris, José | 08/03344690/59 | 30/06/98 | Vila-seca - Urb. Punta Prima, 20 | |||
| Carreras Vives, José María | 43/00258138/88 | 31/03/98 | Montblanc - Pl. Arcades, C, 1.º 2.ª | |||
| Contreras Márquez, Antonio | 06/00478567/37 | 31/08/97 | Cunit - Joaquim Mir, 15 | |||
| Chacón Herrero, María Carmen | 08/04754554/28 | 31/10/98 | L'Espluga de Francolí - Mont. Canals, 6 | |||
| Edwards, Stanley Robert | 43/10054588/44 | 31/03/98 | Salou - París, 11 | |||
| Gálvez Molero, Mercedes | 43/10038630/91 | 30/06/98 | Salou - Mar, 3, át. 1.ª | |||
| Giménez Moreno, Blas | 43/00501497/74 | 31/05/98 | Vila-seca - Bl. S. Esteban, 3, 3.º 2.ª | |||
| Gómez Fernández, José | 12/00284519/57 | 31/10/98 | Benicarló - Virgen de Covadonga, 6, 4 A | |||
| González Torres, Daniel | 43/10012047/86 | 31/03/98 | Valls - Ps. Estació, 40, 7.º 3.ª | |||
| Guinart Morell, Jorge | 43/00484085/25 | 31/08/97 | Cambrils - Drassanes, 29 | |||
| Gutiérrez Gallego, Manuel | 43/00382357/50 | 31/12/97 | Tarragona - Pau del Protectorat, 21, 2.º | |||
| Hidalgo Maldonado, Juan | 08/02779406/91 | 31/10/96 | Sant Boi de Llobregat - Cerdanya, 18, 4.º 1.ª | |||
| López Gómez, Miguel | 43/00488840/27 | 31/10/98 | Montblanc - Canonge Sabaté, 17 | |||
| López Hinojosa, Francisco | 08/04115979/04 | 31/12/97 | Tarragona - Joan Bta. Plana, 15, 4.º A | |||
| López Vives, Bruno Carlos | 07/00530653/13 | 30/06/98 | Salou - Roca Peixeira, 4-3-1.º 3.ª | |||
| Llobet Royo, Enric | 08/04560877/60 | 31/12/97 | Tarragona - Rambla Nova, 53, 3.º 1.ª | |||
| Martos Sánchez, Lorenzo | 43/00507466/29 | 30/06/98 | Tarragona . Pin i Soler, 16, 3.º 4.ª | |||
| Michel, Guy Jean | 12/10040484/16 | 30/04/98 | Salou - París, 2, ed. Novelty, apto. 3201 | |||
| Monguió Bofarull, Gertrudis | 43/00073837/87 | 31/12/97 | Tarragona - Ramón y Cajal, 50, 3.º 2.ª | |||
| Mullort Pellejero, Xavier | 43/10032052/12 | 31/12/97 | La Secuita - Dotze, 85-A | |||
| Munné Espinosa, Rosa | 08/02453634/45 | 30/04/98 | Tarragona - Av. Mediterrani, 62 - Tamarit | |||
| Muñoz Parra, José | 43/00350387/90 | 31/07/98 | Tarragona - Riu Llobregat, 4, 1.º 4.ª | |||
| Muriel Meléndez, M. Rosario | 06/00582339/19 | 30/06/89 | La Albuera - Ctra. Albuera-Talavera, 1 | |||
| Oliveras Jové, Andrés | 43/00478713/85 | 30/06/98 | La Canonja - Pl. Iglesia, 18 | |||
| Pascual Barrios, Fidel | 43/00398241/26 | 31/12/97 | Constantí - Major, 2 | |||
| Plaza Castillo, José | 43/00238316/54 | 31/12/97 | La Canonja - Masricart, 21 | |||
| Prol Dopozo, María Julia | 20/00532857/04 | 30/09/98 | Salou - Tortosa, ed. Paradís, 402 | |||
| Pulido Magaña, Cristóbal | 43/00538253/70 | 31/03/98 | Valls - Figuerola, 17 A | |||
| Romero Tarancón, Antonio | 08/01694829/71 | 31/01/98 | Tarragona - Mas La Cota, bl. A, 1, 1.º 1.ª | |||
| Sánchez Beamonte, Antonio | 50/00440660/06 | 31/05/97 | Salou - Via Roma, 7, 4.º 3.ª | |||
| Sánchez Fernández, José Luis | 08/01691095/23 | 31/03/98 | Cambrils - Av. Diputació, 175, 1.º apto. 220 | |||
| Sánchez Torres, Esperanza | 43/00349344/17 | 30/11/97 | Salou - Via Aurèlia, 1, 1.º 3.ª | |||
| Sarries Beristain, Dionisio | 20/00411466/57 | 30/11/96 | Donostia-San Sebastián - Narrica, 10, 2.ª | |||
| Solé Solsona, Magí | 25/00259427/09 | 28/02/98 | Reus - Av. S. Jordi, 17-B, 19-E | |||
| Tamargo Sesplugas, Antonio | 43/00176926/65 | 31/12/97 | Tarragona - Priorat, 21, 2.º | |||
| Triguero Camúñez, Francisca | 43/00281814/96 | 31/12/97 | El Catllar - Vinya, bústia 61, U. Pins Manous-2 | |||
| Tuero Rodríguez, José Álvaro | 33/00614576/67 | 31/03/98 | Vila-seca - Isaac Albéniz, 9-B-31 | |||
| Uribe Pérez, José Antonio | 43/10004096/89 | 31/12/97 | Tarragona - Camí Ermita Salut, 102 | |||
| Villena Serrano, Rafael | 43/00286859/00 | 31/10/94 | Madrid - Herreros de Tejada, 3 | |||
| Zamarreño Cuesta, M. Carmen | 28/02889495/53 | 30/04/98 | Salou - Ps. Miramar, 4, 1.º 4.ª | |||
| Zurita Guillén, Juan | 43/00497900/66 | 31/12/97 | Tarragona - Higini Anglès, 10, 1.º 2.ª | |||
Pudiendo presentar, en el plazo de treinta días siguientes al de esta notificación, reclamación previa ante esta Dirección Provincial, en aplicación del artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE de 11.04.95).
Tarragona, 4 de enero de 1999. -- El director provincial, Pablo Martín-Sanz García .
D.ª Maria Mercè Pellisé Batiste, recaudadora ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social, de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Reus
Hago saber: que en el expediente administrativo de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación, contra D.ª Montserrat Borrell Tous (NIF: 39.882.961H), del municipio de Reus, por débitos de 175.035 ptas. (ciento setenta y cinco mil treinta y cinco pesetas), por principal, recargos y costas presupuestadas, que debió satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social, por el Régimen de Autónomos, correspondientes a los períodos requeridos, le ha sido embargada la finca que a continuación se expresa:
(1) La nuda propiedad. Urbana, veinticinco: vivienda puerta cuarta, tipo D, existente en la sexta planta en alto, del edificio en Reus, av. Misericòrdia, núm. 232, escalera 2. Se compone de vestíbulo, comedor estar, tres dormitorios, distribuidor, cocina, aseo y terraza. Ocupa una superficie de 80,80 m 2 . Linda al norte, rellano escalera y las viviendas puertas primera y tercera de esta planta; sur, y este, la proyección vertical a calle sin nombre; y oeste, vivienda puerta tercera de esta misma planta y rellano de escalera. Cuota elementos comunes y gastos: 3,076%. Inscrita al tomo 1.129, libro 714, folio 95, finca núm. 32.188-N, de Reus, inscripción 4.ª, del Registro de la Propiedad núm. 1, de Reus.
Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129, del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, R.D. 1637/1995, de 6 de octubre, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, requiriéndoles para que aporten los títulos de propiedad de los bienes embargados. Expídase, según previene el artículo 130 de dicho texto legal, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146, del mencionado Reglamento.
Y no habiendo podido notificar a la deudora D.ª Montserrat Borrell Tous y los usufructuarios Jaime Borrell Capdet y M. Rosa Tous Musté, en la forma establecida al respecto en los artículos 109 a 111 del citado Reglamento, por hallarse en situación de desconocidos, ignorado paradero o ausentes, o bien, porqué, intentada la notificación personal, ésta no ha podido practicarse, por medio del presente edicto se les notifica el embargo efectuado, requiriéndoles para que en el plazo de quince días, aporten al expediente que se le sigue, las escrituras de propiedad de los mencionados bienes y, de no aportarse, serán suplidas a su costa conforme a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento General de Recaudación.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Reus, 7 de enero de 1999. -- La recaudadora ejecutiva, p.o. el jefe de Negociado, José M.ª Gavaldá Plana.
El servicio de Correos ha devuelto la notificación efectuada correctamente a la empresa Rosendo Navarro Margalef con domicilio en Montbrió del Camp, d'Avall, 53. Por consiguiente, mediante este anuncio se le notifica, de acuerdo con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27.11.92), la siguiente resolución:
En relación al expediente de incapacidad permanente derivado de accidente de trabajo, tramitado en esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Tarragona, con el número 98/500874/81 y correspondiente al trabajador Julio Enrique Tamayo Pizarro, en el que además son partes interesadas la empresa Rosendo Navarro Margalef, y la mutua patronal de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales n.º 19 Reddis Unión Mutual.
Con fecha 17.7.1998 tuvo entrada escrito, acompañado de la documentación pertinente, de inicio de expediente de incapacidad permanente a nombre de Julio Enrique Tamayo Pizarro, a instancia de la mutua patronal de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Reddis Unión Mutual.
1. El trabajador Julio Enrique Tamayo Pizarro, nacido el 9.7.1954, provisto de NIF n.º X-0229702-K y afiliado a la Seguridad Social con el n.º 43/438376/03 sufrió accidente de trabajo el 26.2.1997, cuando prestaba sus servicios en la empresa Rosendo Navarro Margalef, con CCC n.º 43003590714, domiciliada en calle d'Avall, n.º 53, de Montbrió del Camp.
2. El trabajador prestaba sus servicios a la empresa desde el día 26.2.1997.
3. Dicha empresa tiene concertadas las contingencias de accidente de trabajo con la mutua patronal n.º 19 Reddis Unión Mutual.
4. Que, de acuerdo con el informe de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social de Tarragona, la empresa Rosendo Navarro Margalef, se encuentra al descubierto en el abono de cuotas a la Seguridad Social y mantiene una deuda de 36.701.149 pesetas, correspondiente al período de diciembre de 1983 a marzo de 1998.
5. Que con fecha 25.5.1998 la UVAMI emitió el preceptivo dictamen.
6. Que el grado de incapacidad propuso por la Comisión de Evaluación de Incapacidades es el de total para su profesión habitual de albañil, en base a las lesiones siguientes:
De acuerdo con el art. 37.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, BOE 27.11.92, no se indican las enfermedades por pertenecer a la esfera de la intimidad de las personas.
Se podrá instar la revisión por agravación o mejoría, según el artículo 143 de la Ley General de la Seguridad Social, a partir del 1.7.2000.
7. Que la base reguladora de la prestación es de 142.958 ptas. mensuales.
1. De acuerdo con la propuesta de la Comisión de Evaluación de Incapacidades, Julio Enrique Tamayo Pizarro es tributario de una incapacidad permanente total para su profesión habitual de albañil, derivada de accidente de trabajo, con derecho a percibir una pensión mensual del 55% de la base reguladora, con efectos de 1.10.98, de acuerdo con los artículos 115, 124, 134, 137 y 139 del Real 115, 124, 137 y 139 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 126 de la Ley General de la Seguridad Social y artículo 94 de la Ley de 21.4.1966, y jurisprudencia del Tribunal Supremo, sentencias de 7.10.1991, 28.9.1992 y 22.11.1994, la responsabilidad en el pago de las prestaciones debe recaer sobre la empresa que ha incumplido su obligación de cotizar, sin perjuicio del anticipo en virtud del principio de automaticidad de las prestaciones, por parte de la mutua patronal de accidentes de trabajo y de la responsabilidad legalmente establecida del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Vistos los preceptos legales y doctrina de aplicación:
Se declara a Julio Enrique Tamayo Pizarro beneficiario de una incapacidad permanente total para su profesión habitual de albañil, derivada de accidente de trabajo, así como el derecho a percibir una pensión mensual de 80.043 pesetas (incluidas 1.416 ptas. de mejora), de cuyo pago es responsable la empresa Rosendo Navarro Margalef, con obligación de anticipo por parte de Reddis Unión Mutual, sin perjuicio de las responsabilidades legales del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Contra esta resolución podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional ante esta Dirección Provincial, en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a la fecha de su recepción, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de procedimiento laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE del 11 de abril).
Tarragona, 1 de octubre de 1998. -- La directora provincial, p.d. el subdirector provincial de incapacidades, Guillermo Boronat Cabrera .
D.ª Maria Mercè Pellisé Batiste, recaudadora ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social, de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Reus
Hago saber: que en el expediente administrativo de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación, contra D. Joaquín Laporta Camí (39.851.131C), del municipio de Reus, por débitos de 1.818.742 ptas. (un millón ochocientas dieciocho mil setecientas cuarenta y dos pesetas), por principal, recargos y costas presupuestadas, que debió satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social, por el Régimen de Autónomos, correspondientes a los períodos requeridos, le ha sido embargada la finca que a continuación se expresa:
(1) La tercera parte indivisa. Urbana: porción de terreno o solar, sito en el término de Almoster, partida Llenguaderes, está integrada por la parcela número diez, manzana J, del plano de la urbanización Picarany; de cabida 1.032,40 m 2 , equivalentes a 27.152,12 palmos cuadrados. Linda al frente con calle letra E; derecha, entrando, con parcela número 8; izquierda, con la número 12; y al fondo, con parcela número 9, todas de la misma urbanización. Inscrita al tomo 323, libro 21, folio 208, finca núm. 885, de Almoster, inscrip. 2.ª, del Registro de la Propiedad núm. 2, de Reus.
Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129, del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, RD 1637/1995, de 6 de octubre, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, requiriéndoles para que aporten los títulos de propiedad de los bienes embargados. Expídase, según previene el artículo 130 de dicho texto legal, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146, del mencionado Reglamento.
Y no habiendo podido notificar al copropietario, titular de una tercera parte de finca, D. Jorge Laporta Camí, en la forma establecida al respecto en los artículos 109 a 111 del citado Reglamento, por hallarse en situación de desconocidos, ignorado paradero o ausentes, o bien, porqué, intentada la notificación personal, ésta no ha podido practicarse, por medio del presente edicto se les notifica el embargo efectuado, requiriéndoles para, que en el plazo de quince días, aporten al expediente que se le sigue las escrituras de propiedad de los mencionados bienes y, de no aportarse, serán suplidas a su costa conforme a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento General de Recaudación.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Reus, 8 de enero de 1999. -- La recaudadora ejecutiva, M.ª Mercè Pellisé i Batiste.
D.ª Maria Mercè Pellisé Batiste, recaudadora ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social, de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Reus
Hago saber: que en el expediente administrativo de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación, contra D. Carmelo Eduardo Niza Galván (NIF: 39.837.292G), del municipio de Reus, por débitos de 1.100.428 ptas. (un millón cien mil cuatrocientas veintiocho pesetas), por principal, recargos y costas presupuestadas, que debió satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social, por el Régimen de Autónomos, correspondientes a los períodos requeridos, le ha sido embargada la finca que a continuación se expresa:
(1) La mitad indivisa. Urbana. Once: vivienda sita en el piso quinto, puerta segunda, tipo D, que forma parte del edificio sito en Reus, carrer Vilaseca, 11. Consta de comedor-estar, cuatro dormitorios, cocina, aseo, galería y terraza. Ocupa una superficie útil de 60 m 2 . Linda frente, rellano de entrada, caja escalera y vivienda puerta 1.ª; derecha, entrando, patio de luces; izquierda, con proyección vertical de la calle de su situación; espalda, con la parcela número 40; arriba, cubierta del edificio; y debajo, con vivienda puerta segunda. Cuota: 8,50%. Inscrita al tomo 771, libro 356, folio 207, finca número 21.934, de Reus, inscrip. 1.ª del Registro de la Propiedad núm. 2, de Reus.
Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129, del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, RD 1637/1995, de 6 de octubre, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, requiriéndoles para que aporten los títulos de propiedad de los bienes embargados. Expídase, según previene el artículo 130 de dicho texto legal, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146, del mencionado Reglamento.
Y no habiendo podido notificar al deudor, D. Carmelo Eduardo Niza Galván, ni al cónyuge, D.ª Montserrat Saiz Gutiérrez, en la forma establecida al respecto en los artículos 109 a 111 del citado Reglamento, por hallarse en situación de desconocidos, ignorado paradero o ausentes, o bien, porqué, intentada la notificación personal, ésta no ha podido practicarse, por medio del presente edicto se les notifica el embargo efectuado, requiriéndoles para que, en el plazo de quince días, aporten al expediente que se le sigue las escrituras de propiedad de los mencionados bienes y, de no aportarse, serán suplidas a su costa conforme a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento General de Recaudación.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Reus, 8 de enero de 1999. -- La recaudadora ejecutiva, M.ª Mercè Pellisé i Batiste.
1999/475 - TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 05, de Tarragona,
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Contreras Moreno, Daniel, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en c/Mar, 20, bj., de Salou, se procedió con fecha 12.11.1998 al embargo de bienes muebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto.
Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda.
No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores.
Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:
-- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.
-- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, se convocará al deudor dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola.
-- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.
Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social y 116 de su Orden de Desarrollo, de 22 de febrero de 1996 (BOE del día 29).
Al propio tiempo, se requiere al deudor para que, en el plazo de ocho días, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que, en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (BOE del día 24).
Tarragona, 11 de enero de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Luis Villanueva Herrera.
Diligència: notificados al deudor de referencia, conforme al artículo 109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, los débitos cuyo cobro se persigue en expediente que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sin que los haya satisfecho, de acuerdo con la providencia de embargo de bienes dictada en el mismo, declaro embargado el vehículo del mismo que se detalla en la relación adjunta.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 128.4 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, BOE del día 24) procede lo siguiente:
1. Notificar al deudor el embargo decretado hasta cubrir el importe total de los débitos, indicándole que el vehículo trabado se ponga, en un plazo de 5 días, a disposición inmediata de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, con su documentación y llaves necesarias para su apertura, funcionamiento y, si procede, custodia, con la advertencia de que, en caso contrario, dichos actos podrán ser suplidos a costa del deudor.
2. Notificar al deudor que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, si no atiende al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.
No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores.
Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:
-- Cuando la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.
-- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola.
-- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.
Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de la Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 22 de febrero de 1996, BOE del día 29).
3. Siendo el bien embargado de los comprendidos en el artículo 12 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin desplazamiento de posesión, procede expedir mandamiento al Registro correspondiente para la anotación preventiva del embargo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social y solicitar del mismo la certificación de cargas que graven el vehículo.
4. Oficiar a la Jefatura Provincial de Tráfico para que se tome anotación del embargo en los expedientes de los vehículos de referencia, a efectos de constancia en la tramitación de la transferencia que pudiera hacerse a terceras personas.
5. De no ser puestos a disposición de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva por parte del apremiado los bienes reseñados, se procederá a solicitar a las autoridades que tengan a su cargo la vigilancia de la circulación, y a las demás que proceda, la captura, depósito y precinto del vehículo objeto de embargo, en el lugar donde se halle, poniéndolo a disposición del recaudador embargante. Asimismo que impida la transmisión o cualquier otra actuación en perjuicio de los derechos de la Seguridad Social.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 12 de noviembre de 1998. -- El recaudador ejecutivo, Luis Villanueva Herrera.
Jefatura Provincial de Tráfico de Tarragona
plaza Imperial Tárraco
43071 - Tarragona
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor abajo indicado, por deudas a la Seguridad Social que en la actualidad ascienden a un total de 142.327 pesetas, una vez notificados al mismo los créditos perseguidos y no habiéndolos satisfecho, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 128 y 34 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, pongo en su conocimiento, a los efectos oportunos, el embargo efectuado sobre los vehículos que se detallen en la relación adjunta.
A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada normativa, se solicita de esta Jefatura Provincial de Tráfico que ordene la anotación de embargo en el Registro de Vehículos dependiente de la misma, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social y por la cantidad expresada, para conocimiento de cuantos pretendan adquirirlos e impedir su posible transferencia sin subrogación en la carga, así como que en la comunicación de la anotación de embargo figuren además los datos que a continuación se indican.
Apremiado : Contreras Moreno, Daniel
Domicilio : c/Mar, 20, bj.
Localidad : 43840 - Vila-seca i Salou
Concepto : débitos a la Seguridad Social
Deuda pendiente : 142.327 pesetas
Número de expediente : 43 05 97 00054449
DNI/CIF/NIF : 038832337B
Tarragona, 12 de noviembre de 1998. -- El recaudador ejecutivo, Luis Villanueva Herrera.
El deudor: Contreras Moreno, Daniel
-- Descripción del vehículo :
Modelo: Golf 1.8
Marca: Volkswagen
Matrícula: B-4447-JN
Por esta Dirección Provincial se ha iniciado expediente administrativo para el reintegro de prestaciones por desempleo indebidamente percibidas y la extinción de las mismas, contra los interesados que a continuación se citan y los motivos que así mismo se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.
Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que disponen de un plazo de diez días, contados a partir de la fecha de la presente publicación, para reintegrar dicha cantidad indebidamente percibida en la cuenta núm. 12.295.478 de la Caja Postal de Ahorros a nombre de este Organismo, debiendo devolver copia del justificante de ingreso a su oficina de empleo.
De no estar conforme con lo anterior deberá formular por escrito ante el Director Provincial del INEM las alegaciones que estime pertinentes en el mismo plazo de 10 días, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 33.1 a) del Real Decreto 625/85, del 2 de abril.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados estarán de manifiesto por el mencionado plazo de 10 días en la Dirección Provincial del INEM.
Interesado : Romero Egea, Inmaculada
DNI : 76143075
Expediente : 9800000048
Importe : 0 pesetas
Período : 98.03.16 98.03.30
Motivo : colocación por cuenta ajena
Interesado : Álvarez Baquero, Francisco
DNI : 8636105
Expediente : 9800000327
Importe : 306.180 pesetas
Período : 98.01.01 98.06.30
Motivo : baja cautelar por suspensión o extinción del derecho o
dejar de requisitos para su percepción, habiendo generado
cobro indebido.
Interesado : Gil Carrillo, M. José
DNI : 39862947
Expediente : 9800000052
Importe : 14.500 pesetas
Período : 98.03.07 98.03.30
Motivo : baja cautelar por suspensión o extinción del derecho o
dejar de requisitos para su percepción, habiendo generado
cobro indebido.
Interesado : Ramos Muñoz, Diego Cándido
DNI : 39864691
Expediente : 9800000436
Importe : 70.277 pesetas
Período : 97.11.07 98.04.30
Motivo : baja cautelar por suspensión o extinción del derecho o
dejar de requisitos para su percepción, habiendo generado
cobro indebido.
Interesado : Lima Rabassa, Maria Teresa
DNI : 39892796
Expediente : 9800000605
Importe : 61.236 pesetas
Período : 98.04.09 98.05.14
Motivo : baja cautelar por suspensión o extinción del derecho o
dejar de requisitos para su percepción, habiendo generado
cobro indebido.
Interesado : Merelo López, Vicenta
DNI : 73185456
Expediente : 9800000339
Importe : 53.739 pesetas
Período : 98.05.11 98.07.30
Motivo : baja cautelar por suspensión o extinción del derecho o
dejar de requisitos para su percepción, habiendo generado
cobro indebido.
Tarragona, 13 de enero de 1999. -- El director provincial del INEM, Ángel Arévalo Gigante .
Correcció d'error de les Bases específiques que han de regir la concessió d'ajuts als ajuntaments per a les actuacions de grups i/o persones inscrits en el Catàleg de Serveis Culturals.
Per haver-se produït un error de transcripció a la base cinquena de les Bases específiques que han de regir la concessió d'ajuts als ajuntaments per a les actuacions de grups i/o persones inscrites en el Catàleg de Serveis Culturals i normes d'inscripció al Catàleg de l'any 2000, així com a l'annex III (Serveis Culturals als Ajuntaments) es fa saber que els textos definitius són els següents:
1. Base cinquena :
Procediment a seguir:
Allà on diu: "excloses les despeses de transport i/o quilometratge", ha de dir: "així com les despeses de transport i/o quilometratge"
2. Annex III: Serveis culturals als ajuntaments:
2.1. Allà on diu: "... havent-li estat abonada, per part d'aquest Ajuntament la quantitat de ... pessetes que correspon al percentatge (50%) ...", ha de dir ... "..., havent-li estat abonada per part d'aquest Ajuntament, la quantitat de .... pessetes que correspon al percentatge (100%) ..."
2.2. Allà on diu: "I perquè així consti ... ser lliurada la resta del percentatge (50%) ...", ha de dir: "I perquè així consti ... per tal que ens sigui lliurat el 50% de l'import total de l'actuació que figura en el Catàleg d'engunay ..."
Tarragona, 21 de gener de 1999. -- El secretari general acctal., Pere-Joan Torrent i Ribert.
1. Entitat adjudicadora
a) Organisme: Diputació de Tarragona
b) Dependència: Servei d'Obres Públiques i Contractació
c) Número d'expedient: 1/99.- Cont.
2. Objecte del contracte
a) Descripció: contractació del servei de disseny i producció
de l'exposició del Patronat de Turisme de la Diputació de
Tarragona a la Maison de la Catalogne a París.
b) Lloc d'execució:
Instal·lacions de Turisme de Catalunya,
Maison de la Catalogne a París, 4-6-8
Cour du Commerce Saint-André.
c) Termini d'execució:
Muntatge: 20 i 21 d'abril
Exposició: 22 d'abril a 24 de maig
Desmuntatge: 25 i 26 de maig
3. Tramitació, procediment i forma d'adjudicació
a) Tramitació: urgent
b) Procediment: obert
c) Forma: concurs públic
4. Pressupost tipus de licitació
Import: 9.000.000 ptes. (IVA inclòs), equivalent a 54.091,09
euros.
5. Garantia provisional
No s'exigeix
6. Obtenció de documentació i informació
a) Entitat: Diputació de Tarragona
Servei d'Obres Públiques i Contractació
b) Domicili: passeig de Sant Antoni, núm. 100
c) Localitat i codi postal: Tarragona - 43071
d) Telèfon: 977 29 66 40 (ext. 180)
e) Telefax: 977 29 66 33
f) Data límit: 3 de febrer de 1999
7. Presentació de les ofertes o de les sol·licituds de participació
a) Data i hora límit: 8 de febrer de 1999. A les 13 hores
b) Documentació: s'indica en la clàusula 6a del plec de clàusules
economicoadministratives.
c) Lloc de presentació:
1. Entitat: Diputació de Tarragona
Servei d'Obres Públiques i Contractació
2. Domicili: passeig de Sant Antoni, núm. 100
3. Localitat i codi postal: Tarragona - 43071
d) Manteniment de l'oferta: 3 mesos
e) Admissió de variants: no
8. Obertura de pliques
a) Entitat: Diputació de Tarragona
b) Domicili: passeig de Sant Antoni, núm. 100
c) Localitat: Tarragona
d) Data i hora: 9 de febrer de 1999. A les 12 hores
9. Despeses d'anuncis
A càrrec de l'adjudicatari
10. Informació pública plecs
S'exposen pel termini de 8 dies
Tarragona, 20 de gener de 1999. -- El secretari general accidental, Pere-Joan Torrent Ribert.
Per acord de la Comissió de Govern del Consell Comarcal de l'Alt Camp, adoptat el dia 22 de desembre de 1998, es van aprovar les bases de les diferents convocatòries de concessions d'ajuts econòmics, que s'exposen a informació pública per un termini de vint dies hàbils, d'acord amb l'art. 124.4 del Reglament d'obres, activitats i serveis dels ens locals, les quals quedaran definitivament aprovades si no es presenten al·legacions o suggeriments.
El termini de presentació de sol·licituds establert a cada base començarà el dia següent a la finalització del termini dels vint dies esmentats.
Bases que regiran el concurs per a la concessió i distribució dels ajuts destinats a l'arranjament de camins veïnals per a l'any 1999.
Primera : el Consell Comarcal de l'Alt Camp podrà concedir ajuts per a obres d'arranjament i millora de camins veïnals, amb càrrec a la partida consignada per a aquest concepte al pressupost del Consell Comarcal per a l'any 1999.
Segona : podran sol·licitar aquests ajuts tots els ajuntaments i entitats municipals descentralitzades de la comarca de l'Alt Camp.
Tercera : l'ajut que aportarà el Consell Comarcal per a l'arranjament de camins veïnals consistirà en el lliurament d'una quantitat en metàl·lic.
Quarta : els ajuntaments i entitats municipals descentralitzades que desitgin sol·licitar aquest ajut es dirigiran per escrit a l'Il·lm. Sr. President del Consell Comarcal de l'Alt Camp en el termini d'un mes a comptar a partir de l'endemà de la publicació d'aquestes bases al Butlletí Oficial de la Província de Tarragona. Amb l'escrit s'adjuntarà un pressupost raonat industrial o memòria valorada signada per un tècnic competent i informació gràfica consistent en un plànol, a escala 1:5000, del camí veïnal objecte d'arranjament o millora.
Cinquena : tindran prioritat en la concessió de l'ajut els camins veïnals dels municipis i entitats municipals descentralitzades que no hagin rebut subvenció l'any anterior. El nombre màxim de municipis i entitats municipals descentralitzades que podran rebre subvenció serà d'onze.
Sisena : els ajuntaments i entitats municipals descentralitzades hauran de contribuir en les obres com a mínim amb un 50% de l'import total de l'obra que s'hagi de realitzar. La subvenció màxima que podrà atorgar el Consell Comarcal per als ens locals serà de 2.000.000 ptes. (dos milions de pessetes). <