BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE TARRAGONA
Núm. 34 Dijous, 11 de febrer de 1999
Pàg.
MINISTERI DE TREBALL I ASSUMPTES SOCIALS 2
Tesorería General de la Seguridad Social
Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona URE 43/01
Unidad de Recaudación Ejecutiva de El Vendrell 43/04
Servei de Governació
Secretaria General
Servei d'Obres Públiques i Contractació
Consell Comarcal de l'Alt Camp
Consell Comarcal del Tarragonès
Ajuntament de la Bisbal del Penedès 8
Ajuntament de Castellvell del Camp 9
Ajuntament del Pinell de Brai 10
Ajuntament de Vallfogona de Riucorb 22
Ajuntament de Vinyols i els Arcs 22
TRIBUNALS SUPERIORS DE JUSTÍCIA 22
Tribunal Superior de Justícia de Catalunya
Presidencia
JUTJATS DE PRIMERA INSTÀNCIA/INSTRUCCIÓ
Reus núm. 4 22
Tarragona núm. 1 23
MINISTERI DE TREBALL I ASSUMPTES SOCIALS
Hace saber: que en el expediente ejecutivo de apremio que se tramita contra la sociedad deudora Tuc Cambrils, SA, por deudas a la Tesorería General de la Seguridad Social por un importe de nueve millones cuatrocientas cincuenta y nueve mil setecientas sesenta y tres de principal y recargos, ha recaído la siguiente resolución:
Visto que las fincas de la sociedad deudora y que corresponde a las parcelas:
Lote uno
Urbana, porción de terreno sita en el término de El Morell, partida Coma y Mas Calvo, de superficie cuatrocientas sesenta metros cuadrados, e inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 3, al tomo 1.608, libro 44, folio 173, finca número 3.286.
Lote dos
Urbana, porción de terreno sita en el término de El Morell, partida Coma y Mas Calvo de superficie mil seiscientos veinte metros cuadrados, corresponde esta porción a la señalada en el plano M-2, esta finca es parte de la que segrega número 1483. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 3, al tomo 1.608, libro 44, folio 171, finca número 3.285, la misma fue adjudicada en pública subasta, celebrada en Madrid y organizada por Segipsa, Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, SA a Carretera de Reus, SL. Y por el importe de 2.000.000 pesetas y la segunda por 6.050.000 pesetas.
Acuerdo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, y previo informe de la letrada de la Asesoría Jurídica, citar a LIDO, SL, para que en el plazo de quince días nombre notario de esta localidad, para que se otorguen las escrituras de oficio por el director de la Tesorería Territorial de Tarragona, en nombre del deudor, y a favor del adjudicatario.
Lo que se notifica a esa sociedad deudora, como propietaria que fue de la referida finca, y por medio de edictos, a los efectos de que, el representante de la misma, designe en el plazo de quince días, notario de esta localidad.
Tarragona, 27 de enero de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01 de la Tesorería General de la Seguridad Social,
Hago saber: que en el expediente administrativo de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01, contra el deudor Productos Jemar, SL, del municipio de Tarragona, por débitos de 5.385.900 pesetas, por principal, recargos y costas presupuestadas, que debió satisfacer a la Seguridad Social por el Régimen de Autónomos y cuya finca fue embargada en su día por la Unidad de Recaudación Ejecutiva y que, con esta fecha, se efectúa la prórroga de anotación de embargo, de la finca que, a continuación, se expresa:
Lote único.
Urbana, número dos: vivienda, piso primero, puerta primera, sito en la primera planta alta del edificio sito en esta ciudad, barrio de El Serrallo, calle Espinach, número 18. Tiene una superficie construida de cincuenta y tres metros cuadrados. Se compone de recibidor, comedor, tres dormitorios, cocina, aseo y galería con lavadero. Tiene una cuota de diecisiete enteros por ciento. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 1, al tomo 1.629, libro 775, folio 053, finca número 16.722-N, inscripción 3.ª.
Del citado embargo practicado en su día, se procederá, con esta fecha a la prórroga de anotación de embargo preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (RD 1637/1995, de 6 de octubre), notifí-quese esta diligencia de embargo al deudor, y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación; expídase según previene el artículo 130 de dicho texto legal, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146 del mencionado Reglamento.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 27 de enero de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01 de la Tesorería General de la Seguridad Social,
Hago saber: que en el expediente administrativo de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra María Dolores Romeu Dattoli, del municipio de Tarragona, por débitos de 625.830 pesetas, por principal, recargos y costas presupuestadas, que debió satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, correspondientes a los periodos requeridos a tal efecto, le ha sido embargada la finca que, a continuación, se expresa:
Lote único.
Urbana: terreno sito en término de esta ciudad, partida Rabassada. De cabida: cuatrocientos ocho metros, sesenta y cinco decímetros cuadrados. En dicho terreno se ha construido un edificio de dos plantas, con una vivienda por planta, distribuidas interiormente y rematadas por terrado. La vivienda de la planta baja tiene una superficie construida de sesenta y cinco metros, cuatro decímetros cuadrados y un porche de veintisiete metros, sesenta y siete decímetros cuadrados. En cuanto a la planta alta tiene una superficie de noventa y dos metros, setenta y un decímetros cuadrados. Tiene su acceso mediante una escalera exterior. El resto de la superficie no construida se destina a jardín. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 1, al tomo 1.410, libro 620, folio 163, finca número 6.565-N, inscripción 8.ª.
Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (RD 1637/1995, de 6 de octubre), notifí-quese esta diligencia de embargo al deudor, y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación; expídase según previene el artículo 130 de dicho texto legal, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146 del mencionado Reglamento.
Y no habiendo podido notificar al deudor en la forma establecida al respecto en los artículos 109 y 110 del citado Reglamento, por medio del presente edicto se le notifica el embargo efectuado, requiriéndole para que en el plazo de quince días nombre perito tasados de los bienes antes descritos, así como se le requiere para que, en el mismo plazo, aporte al expediente que se le sigue las escrituras de propiedad de los mencionados bienes y de no aportarse serán suplidas a su costa conforme a lo dispuesto en el artículo 140.2 del Reglamento General de Recaudación.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 27 de enero de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01 de la Tesorería General de la Seguridad Social,
Hago saber: que en el expediente administrativo de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra Juan Pedro García Rubio, del municipio de Tarragona, por débitos de 474.781 pesetas, por principal, recargo y costas presupuestadas, que debió satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social por el Régimen General, correspondientes a los periodos requeridos a tal efecto, le ha sido embargada la finca que, a continuación, se expresa:
Lote único.
Una tercera parte indivisa de la nuda propiedad de rústica: pieza de tierra sita en término de La Canonja, agregado a Tarragona, partida Castellet, de sesenta y cuatro áreas, treinta y ocho centiáreas. Parte secano y en su mayor parte regadío con doce horas de agua semanales de la mina de Moreral, con avellanos y árboles frutales. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 3, al tomo 1.633, libro 71, folio 215, finca número 7.438, inscripción 1.ª.
Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (RD 1637/1995, de 6 de octubre), notifí-quese esta diligencia de embargo al deudor, y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación; expídase según previene el artículo 130 de dicho texto legal, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146 del mencionado Reglamento.
Y no habiendo podido notificar al deudor en la forma establecida al respecto en los artículos 109 y 110 del citado Reglamento, por medio del presente edicto se le notifica el embargo efectuado, requiriéndole para que en el plazo de quince días nombre perito tasados de los bienes antes descritos, así como se le requiere para que, en el mismo plazo, aporte al expediente que se le sigue las escrituras de propiedad de los mencionados bienes y de no aportarse serán suplidas a su costa conforme a lo dispuesto en el artículo 140.2 del Reglamento General de Recaudación.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 28 de enero de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
Hace saber: que en los expedientes administrativos de apremio que se tramitan en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores a la Tesorería General de la Seguridad Social, que luego se dirán, por débitos de principal, recargos y costas presupuestadas al día de hoy, y régimen que se detallan, y que debieron de satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social, les han sido embargados los vehículos siguientes:
Deudor : José Manuel Álvarez Eggert
Régimen : Autónomos Municipio : Tarragona
Deuda : 121.335 ptas. N.º expediente : 43 01 97 46332
Vehículos embargados : T-5725-W; T-0549-AX; T-4487-AX
Deudor : Arteche Viñambres, José Luis
Régimen : General Municipio : Tarragona
Deuda : 2.919.560 ptas. N.º expediente : 43 01 93 77037
Vehículos embargados : T-4081-E; T-8436-AB; T-1774-X
Deudor : Sebastián Freixas Farré
Régimen : D. INEM Municipio : Tarragona
Deuda : 33.642 ptas. N.º expediente : 43 98500139
Vehículos embargados : T-3305-M; B-2698-JM
Deudor : Hispano Rádio Marítima
Régimen : General Municipio : Tarragona
Deuda : 496.456 ptas. N.º expediente : 43 01 93 00548
Vehículos embargados : M-4106-DV; GC-4371-H; M-7249-AV;
M-9998-KY; M-3356-IJ
Deudor : Garduño Roig Pinturas, SL
Régimen : General Municipio : Tarragona
Deuda : 21.342.314 ptas. N.º expediente : 43 01 7 030568
Vehículos embargados : T-4001-AT; T-5944-G; T-1691-AT
E ignorándose el paradero del citado deudor, se le notifica por medio del presente edicto el embargo realizado sobre los referidos bienes, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, (RD 1637/1995, de 6 de octubre), invitándole a que en el plazo de ocho días designe depositario y perito tasador de los bienes embargados, ya que en caso contrario se estará a lo dispuesto en el artículo 128.4 del mencionado Reglamento, sobre la aprehensión de los mencionados vehículos.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio BOE del día 29, según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 26 de enero de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
Hace saber: que en los expedientes administrativos de apremio que se tramitan en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores a la Tesorería General de la Seguridad Social, que luego se dirán, por débitos de principal, recargos y costas presupuestadas al día de hoy, y régimen que se detallan, y que debieron de satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social, les han sido embargados los vehículos siguientes:
Deudor : Víctor Sanahuja Fonts
Régimen : Autónomos Municipio : Tarragona
Deuda : 272.506 ptas. N.º expediente : 430196 23164
Vehículos embargados : B-4477-HP; T-10154-S
Deudor : José Serret Travé
Régimen : D. INEM Municipio : Tarragona
Deuda : 1.463.397 ptas. N.º expediente : 98 500230
Vehículos embargados : T-3738-AB; T-6917-AD; T-4882-W
Deudor : Transpadilla, SL
Régimen : General Municipio : Tarragona
Deuda : 3.990.961 ptas. N.º expediente : 43 01 98 25444
Vehículos embargados : T-5636-AH; Z-7696-X; CS-01647-R;
L-4111-M; T-2248-AF
Deudor : Rafael Monzón Serrano
Régimen : Autónomos Municipio : Tarragona
Deuda : 1.520.927 ptas. N.º expediente : 43 01 90 78972
Vehículos embargados : T-7633-O; T-01795-R; L-00616-R
Deudor : Pedro Cazorla Galera
Régimen : D. INEM Municipio : Tarragona
Deuda : 3.205.582 ptas.
Vehículos embargados : L-64.449; T-72.304; T-74.477; T-5365-B
T-9045-B; T-4136-G
E ignorándose el paradero del citado deudor, se le notifica por medio del presente edicto el embargo realizado sobre los referidos bienes, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, (RD 1637/1995, de 6 de octubre), invitándole a que en el plazo de ocho días designe depositario y perito tasador de los bienes embargados, ya que en caso contrario se estará a lo dispuesto en el artículo 128.4 del mencionado Reglamento, sobre la aprehensión de los mencionados vehículos.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio BOE del día 29, según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 22 de enero de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 04, de Tarragona,
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Mata Rovira, Maria, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en c/Freginal, 13, 43830 - Torredembarra, se procedió con fecha 2.12.1998 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto.
Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.
El Vendrell, 27 de enero de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Pedro Juan López Sans.
Diligencia: tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF núm. 039645141H, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle.
Número de providencia
| de apremio | Período | Régimen | |
| 43 95 013386150 | 04 1994/12 1994 | 0521 | |
| 43 96 011614160 | 03 1995/12 1995 | 0521 | |
| 43 96 014200525 | 01 1996/06 1996 | 0521 | |
| 43 97 011928175 | 07 1996/12 1996 | 0521 | |
| 43 97 013696912 | 01 1997/06 1997 | 0521 | |
| 43 98 011551571 | 07 1997/12 1997 | 0521 | |
Recargos de apremio 343.057 pesetas
Costas devengadas 0 pesetas
Costas presupuestas 195.000 pesetas
Total débitos 1.415.357 pesetas
Y en cumplimiento de la providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Sistemas de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1637/1995, del 6 de octubre) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento.
Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.
Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoseles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.
No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva.
Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:
-- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.
-- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola.
-- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.
Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 22 de febrero de 1996, BOE del día 29).
Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.
Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicados las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
El Vendrell, 2 de diciembre de 1998. -- El recaudador ejecutivo, Pedro Juan López Sans .
Deudor: Mata Rovira, Maria
Finca número: 01
Descripción finca: local almacén
Tipo vía: cl
Nombre vía: Norte
N.º vía: 6 bis-N
Cod. postal: 43830
Cod. municipal: 43155
Urbana, número uno. Local almacén, sito en la planta baja, de la casa sita en término de Torredembarra, calle Norte, número seis, con una superficie de setenta y cinco metros cuadrados, consta de una sola nave, y linda: por el frente, con calle Norte; por la derecha entrando, con portal y caja de escalera de acceso a la vivienda; por la izquierda, y fondo, con finca de Serafín Mercadé. Su cuota es de 34 enteros por ciento. Por mitad y proindiviso.
Finca número: 02
Descripción finca: solar
Tipo vía: cl
Nombre vía: de las Cruces
N.º vía: 5 bis-N
Cod. postal: 43830
Cod. municipal: 43155
Urbana: solar sito en Torredembarra, calle de la Cruces, número cinco, de cabida cincuenta y dos metros, cincuenta y dos decímetros cuadrados. Linda: al frente, con dicha calle; derecha, con patio de Ernesto Inglés, en línea de 12,08 metros; a la izquierda en línea de 12,52 metros, con S. Canellas; y por detrás, en línea de 4,27 metros con Ernesto Inglés. Mide por su lado frente, 4,27 metros. Por mitad y proindiviso.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 04, de Tarragona,
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Furctido Martínez Lleixá, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en ctra. Valls, 77, 3-3 - 43700 El Vendrell, se procedió con fecha 22-12-1998 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto.
Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.
El Vendrell, 22 de enero de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Pedro Juan López Sans.
Diligencia: tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF núm. 039606320K, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle.
Número de providencia
| de apremio | Período | Régimen | |
| 43 90 003810981 | 01-1985 / 12-1985 | 0521 | |
| 43 92 000885578 | 01-1989 / 12-1989 | 0521 | |
| 43 92 004470336 | 01-1990 / 12-1990 | 0521 | |
| 43 93 002501162 | 01-1991 / 12-1991 | 0521 | |
| 43 94 002085204 | 01-1992 / 12-1992 | 0521 | |
| 43 94 003861617 | 01-1993 / 12-1993 | 0521 | |
| 43 95 013301678 | 01-1994 / 12 1994 | 0521 | |
| 43 93 002988889 | 09-1992 / 09-1992 | 0111 | |
| 43 93 002988990 | 10-1992 / 10-1992 | 0111 | |
| 43 93 002989091 | 11-1992 / 11-1992 | 0111 | |
| 43 93 002989192 | 12-1992 / 12-1992 | 0111 | |
| 43 96 014165260 | 01-1996 / 06-1996 | 0521 | |
| 43 96 011543937 | 01-1995 / 12-1995 | 0521 | |
| 43 97 011932825 | 07-1996 / 12-1996 | 0521 | |
| 43 97 013701356 | 01-1997 / 06-1997 | 0521 | |
| 43 98 011555716 | 07 1997 / 12-1997 | 0521 | |
Recargos de apremio 778.488 pesetas
Costas devengadas 28.244 pesetas
Costas presupuestas 200.000 pesetas
Total débitos 3.874.427 pesetas
Y en cumplimiento de la providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Sistemas de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1637/1995, del 6 de octubre) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento.
Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.
Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoseles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.
No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva.
Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:
-- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.
-- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola.
-- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.
Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 22 de febrero de 1996, BOE del día 29).
Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.
Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicados las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
El Vendrell, 22 de diciembre de 1998. -- El recaudador ejecutivo, Pedro Juan López Sans.
Deudor: Furctido Martínez Lleixá.
Finca número: 02
Descripción finca: vivienda
Tipo vía: cl
Nombre vía: Valls
N.º vía: 77 bis-N
Cod. postal: 43700
Cod. muni.: 43165
Urbana. Entidad número dieciséis. Vivienda ubicada en la tercera planta alta, puerta tercera, del edificio sito en término municipal de El Vendrell, con acceso desde la carretera de Valls, número 77, convenientemente distribuida en varias dependencias y servicios. Tiene una superficie útil de sesenta y nueve metros, cuarenta y dos decímetros cuadrados, y construida de setenta y ocho metros, cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Linda: al frente, con pasillo de acceso y con patio de luces; a la derecha entrando, con vivienda puerta segunda de esta misma planta y con patio de luces; a la izquierda, con vivienda puerta cuarta de esta misma planta, y al fondo, con vuelo a la carretera de Valls. Su cuota es de 4,24 enteros por ciento.
Por mitad y en proindiviso.
El Ple de la Diputació, de 27 de novembre de 1998, va acordar iniciar expedient de cessió gratuïta a l'Ajuntament de Falset de l'immoble número 29 d l'inventari de béns de la Diputació, anomenat Castell de Falset.
El que en compliment del que estableix l'article 195.2 de la Llei 8/87 municipal i de règim local de Catalunya i article 49.3 del Reglament del patrimoni dels ens locals de 17 d'octubre de 1988, se sotmet a informació pública pel termini de 30 dies.
Tarragona, 27 de gener de 1999. -- El secretari general acctal., Pere J. Torrent Ribert.
Aprovar l'acta de la sessió anterior del dia 15 de gener de 1999.
Concedir permisos i aplicar preus públics per obres a realitzar en carreteres de la Diputació.
Aplicar i liquidar preus públics per l'assistència tècnica en treballs qualificats.
Pagar la subvenció concedida, mitjançant el conveni DARP-Diputació en matèria de prevenció d'incendis any 1997, a l'Ajuntament de Castellvelldel Camp.
Concedir una pròrroga per justificar la subvenció concedida als Ajuntaments de la Riba per a la conservació d'espècies vegetals autòctones i a l'Ajuntament de les Borges del Camp per la realització d'una auditoria ambiental.
Adjudicar el contracte per l'elaboració i subministrament de programari per realitzar l'inventari de béns dels municipis de menys de 2.000 habitants de la província de Tarragona.
Adjudicar el contracte dels treballs de camp i de valoració dels béns immobles per fer l'Inventari de béns dels municipis de la província amb una població inferior als 2.000 habitants.
Aprovar el conveni amb el Col·legi d'Advocats de Reus, per pràctiques externes d'un alumne de l'Escola de Pràctica Professional de l'Advocacia.
Aprovar inicialment el projecte d'acondiciament de la travessia del Perelló de l'antiga TV-3022 amb un pressupost de contracta de 34.030.827 pessetes.
Aprovar inicialment el projecte i l'estudi d'impacte ambiental d'acondiciament de la carretera TP-3311 de Santa Bàrbara a la Galera, amb un pressupost de contracta de 275.329.366 pessetes.
Aprovar inicialment el projecte d'instal·lacions semafòriques a la travessia de Santa Bàrbara TP-3311 amb un pressupost de contracta de 4.999.875 pessetes.
Aprovar l'expedient de contractació, amb tràmit d'urgència, de l'assistència tècnica per a la direcció de les obres d'acondiciament de la carretera TV-3409 de Camarles a Deltebre, amb un pressupost de contracta de 10.440.000 pessetes.
Aprovar el projecte modificat núm. 1 de les obres de reforç de ferm de la carretera TV-3147, Cambrils-Salou amb un pressupost de contracta de 187.864.182 pessetes i adjudicació de les obres al mateix contractista del contracte principal.
Aprovar 6 pressupostos de l'empresa ENHER, per un import total de 8.774.980 pessetes, pel trasllat d'unes línies elèctriques, afectades per les obres d'acondiciament de la TP-2125, del Vendrell a Sant Jaume dels Domenys.
Aprovar 3 pressupostos de l'empresa FECSA, pel trasllat de línies elèctriques afectades per diverses obres.
Aprovar un pressupost de l'empresa Covan, SL per un import de 2.108.312 pessetes, per la reposició de dues tanques de la finca núm. 5 afectada per les obres d'acondiciament de la TP-2031 (tram Tarragona-Sant Pere i Sant Pau).
Acceptar les resolucions del Jurat d'Expropiació de Catalunya, fixant el preu just d'una sèrie de finques afectades pel projecte d'acondiciament de la circumval·lació de Constantí a la TV-7211.
Estimar la reclamació de responsabilitat patrimonial efectuada contra la Diputació pel Sr. José Juan Hervas Hervas, pels danys soferts en el seu vehicle.
Aprovar liquidacions de diversos contractes d'obra.
Retornar garanties definitives i complementàries amb motiu de diversos contractes d'obra.
Donar-se per assabentats i ratificar el decret de Presidència del 30 de desembre de 1998 aprovant lliuraments de certificacions d'obres del PUOIS.
Col·laborar amb la Federació d'Entitats Excursionistes de Catalunya - FEEC en el marc de la celebració del XXXV "Dia del Camí de Muntanya".
Concedir una pròrroga per presentar justificants de la subvenció concedida a diversos patronats municipals de turisme i ajuntaments.
Aprovar les despeses de les properes activitats del Patronat de Turisme.
Tarragona, 22 de gener de 1999. -- El secretari general acctal., Pere-Joan Torrent Ribert.
La Diputació de Tarragona, en sessió de la Comissió de Govern del dia 22 de gener de 1999, va aprovar inicialment el projecte i l'estudi ambiental de les obres d'acondiciament de la carretera TP-3311 de Santa Bàrbara a la Galera, amb un pressupost de contracta de 275.329.366 pessetes, que conté annex d'expropiacions, amb la relació de béns i drets afectats, amb indicació dels titulars i domicilis, superfície, situació cadastral, naturalesa i aprofitament del bé o dret.
En conseqüència, durant el termini de 30 dies hàbils, comptats a partir de l'endemà de la data de publicació d'aquest anunci al BOPT i al DOGC, totes les persones naturals o jurídiques interessades podran examinar el projecte i l'estudi d'impacte ambiental esmentats al Servei d'Obres Públiques i Contractació d'aquesta Diputació (passeig Sant Antoni, 100), i les corporacions municipals afectades (Santa Bàrbara i la Galera), i podran formular al·legacions sobre l'interès general del projecte, la seva concepció global i la seva compatibilitat mediambiental. Aquesta informació pública és independent de la que preveu el procediment d'expropiació forçosa.
La qual cosa es fa pública, d'acord amb el que estableix l'article 219, 2 de la Llei 8/1987, de 15 d'abril, municipal i de règim local de Catalunya.
Tarragona, 4 de febrer de 1999. --El secretari general accidental, Pere-Joan Torrent Ribert.
La Diputació de Tarragona, en sessió de la Comissió de Govern del dia 22 de gener de 1999, va aprovar inicialment el projecte d'instal·lacions semafòriques a la travessia de Santa Bàrbara, TP-3311, amb un pressupost de contracta de 4.999.875 pessetes.
També acordà exposar-lo al públic pel termini de trenta dies hàbils, per tal que es puguin formular reclamacions. Transcorregut l'esmentat termini la Diputació resoldrà sobre el projecte i si cal sobre les reclamacions.
L'esmentat projecte es troba exposat al públic en el Servei d'Obres Públiques i Contractació de la Secretaria General, en els dies feiners i hores d'oficina.
La qual cosa es fa pública, d'acord amb el que estableix l'article 219, 2 de la Llei 8/1987, de 15 d'abril, municipal i de règim local de Catalunya.
Tarragona, 4 de febrer de 1999. --El secretari general accidental, Pere-Joan Torrent Ribert.
La Diputació de Tarragona, en sessió de la Comissió de Govern del dia 22 de gener de 1999, va aprovar inicialment el projecte d'acondiciament de la travessia del Perelló de l'antiga TV-3022, amb un pressupost de contracta de 34.030.827 ptes., que conté annex d'expropiacions, amb la relació de béns i drets afectats, amb indicació dels titulars i domicilis, superfície, situació cadastral, naturalesa i aprofitament del bé o dret.
També acordà exposar-lo al públic pel termini de trenta dies hàbils, per tal que es puguin formular reclamacions. Transcorregut l'esmentat termini la Diputació resoldrà sobre el projecte i si cal sobre les reclamacions. Aquesta informació pública és independent de la que preveu el procediment d'expropiació forçosa.
L'esmentat projecte es troba exposat al públic en el Servei d'Obres Públiques i Contractació de la Secretaria General, en els dies feiners i hores d'oficina.
La qual cosa es fa pública, d'acord amb el que estableix l'article 219, 2 de la Llei 8/1987, de 15 d'abril, municipal i de règim local de Catalunya.
Tarragona, 4 de febrer de 1999. --El secretari general accidental, Pere-Joan Torrent Ribert.
A l'anunci núm. 408 publicat al BOPT núm. 19, pàgina 10, de data 25 de gener de 1999, s'observa la següent errada:
On diu:
"a) Bases per a l'atorgament de subvencions per a activitats culturals a ajuntaments i entitats municipals descentralitzades de la comarca de l'Alt Camp".
ha de dir:
"b) Bases que regiran la concessió d'ajuts a les revistes locals dels municipis de l'Alt Camp".
Valls, 27 de gener de 1999. -- El secretari general, Antoni Altès i Martorell.
Anunci relatiu a l'aprovació definitiva del projecte de clausura dels abocadors municipals fora d'ús dels municipis de Renau, Salomó, la Riera de Gaià i la Pobla de Montornès.
El plenari comarcal de data 16 de novembre de 1998, va aprovar definitivament el projecte de clausura dels abocadors municipals fora d'ús dels municipis de Renau, Salomó, la Riera de Gaià i la Pobla de Montornès, redactat per la Junta de Residus del Departament de Medi Ambient de la Generalitat de Catalunya.
La qual cosa es comunica per a general coneixement, i als efectes que s'escaiguin.
Tarragona, 29 de gener de 1999. -- La presidenta, Montserrat Güell i Anglès .
El Sr. Heribert Ventosa Guasch, en representació de Ventosa Calbet, SL, ha sol·licitat d'aquesta Alcaldia llicència municipal per a la instal·lació i funcionament d'una activitat dedicada a emmagatzematge i distribució de gas-oil, tipus B i C, amb tancs soterrats de 30.000 i 20.000 litres, al paratge les Creus, camí de Gosch, s/n, polígon 1, parcel·la 119 del cadastre.
Atès el que disposa l'article 30.2.a) del Reglament d'activitats molestes, insalubres, nocives i perilloses, de 30 de novembre de 1961, s'exposa la petició i el projecte tècnic a informació pública, durant el termini de deu dies hàbils, perquè qui es consideri afectat per la instal·lació esmentada pugui efectuar les observacions i les reclamacions que cregui convenients.
L'expedient es podrà examinar a l'àrea d'activitats d'aquest Ajuntament.
La Bisbal del Penedès, 5 de gener de 1999. -- L'alcalde, Joan Poch i Ferré.
La senyora Maria Teresa Escofet Vidal ha sol·licitat d'aquesta Alcaldia llicència municipal per a la instal·lació i funcionament d'una activitat dedicada a celler d'elaboració de vi i cava, a la finca Mas de les Planes, polígon 2, parcel·la 9 del cadastre.
Atès el que disposa l'article 30.2.a) del Reglament d'activitats molestes, insalubres, nocives i perilloses, de 30 de novembre de 1961, s'exposa la petició i el projecte tècnic a informació pública, durant el termini de deu dies hàbils, perquè qui es consideri afectat per la instal·lació esmentada pugui efectuar les observacions i les reclamacions que cregui convenients.
L'expedient es podrà examinar a l'àrea d'activitats d'aquest Ajuntament.
La Bisbal del Penedès, 5 de gener de 1999. -- L'alcalde, Joan Poch i Ferré.