BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE TARRAGONA
Núm. 77 Dissabte, 3 d'abril de 1999
MINISTERI D'ECONOMIA I HISENDA 2
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Dependencia de Recaudación
Delegación de Tarragona
MINISTERI DE TREBALL I ASSUMPTES SOCIALS 3
Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Tarragona
Tesorería General de la Seguridad Social
Unidad de Recaudación Ejecutiva de El Vendrell 43/04
Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona 43/01
Departament de Justícia
Delegació Territorial a Tarragona
Consell Comarcal de la Conca de Barberà
Consell Comarcal del Priorat
Ajuntament de la Riera de Gaià 11
Ajuntament de la Torre de Fontaubella 15
Pàg.
Junta de Compensació Zona Residencial La Móra
Móra Muntanya - Polígon IV
Mancomunitat d'Incineració dels Residus Urbans
CONSORCIS 17
Consorci per a la gestió de residus municipals al Baix Camp
TRIBUNALS SUPERIORS DE JUSTÍCIA 18
Tribunal Superior de Justícia de Catalunya
Sala Social
JUTJATS DE PRIMERA INSTÀNCIA/INSTRUCCIÓ
Amposta núm. 2 19
Reus núm. 5 19
Tarragona núm. 8 19
Tortosa núm. 1, 4 19
El Vendrell núm. 1, 2, 3 21
JUTJATS CONTENCIÓS ADMINISTRATIU
Tarragona núm. 1 22
Tarragona núm. 1 22
Tortosa único 23
Tarragona núm. 2 23
ENTITATS, SOCIETATS I ALTRES ORGANISMES 24
Comunitat General de Regants del Canal de la Dreta de l'Ebre
Fundació Estudis Universitaris Ciutat de Tarragona
MINISTERI D'ECONOMIA I HISENDA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.6 de la Ley General Tributaria (Ley 230/1963 de 28 de diciembre), según la redacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos administrativos cuyos datos se especifican en la relación anexa Rec n.º 6/99.
En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados en el citado anexo, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el boletín oficial que corresponda, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en cualquiera de las oficinas de la AEAT que a continuación se relacionan:
- Dependencia Provincial de Recaudación de Tarragona
c/Vidal i Barraquer n.º 5 de Tarragona
- Administración de la AEAT de Reus
paseo Misericordia, n.º 16 de Reus
- Administración de la AEAT de Tortosa
c/Ulldecona n.º 25-27 de Tortosa
Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Tarragona, 22 de marzo de 1999. -- La jefa de la Dependencia de Recaudación, Mercedes Ayuso Casado .
Nombre/razón social : Autoset, SL
DNI/NIF : B43353358
Procedimiento : subasta n.º 30/99
Referencia : 43000024/94
Adscripción : Tarragona
Nombre/razón social : Calmet Vidal, Xavier
DNI/NIF : 39676241
Procedimiento : subasta n.º 30/99
Referencia : 43000024/94
Adscripción : Tarragona
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.6 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, según la redacción dada por el artículo 28.Uno de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, (B.O.E. de 31 de diciembre de 1997) y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican a continuación:
Procedimiento: liquidación vol.
| NIF | NOMBRE Y APELLIDOS O RAZ. SOC. | IMPUESTO | EJERC. | EXPEDIEN | |
| G43.435.551 | ABRASIVOS MONTORO, S.C.P. | IVA/SOC | 1998 | 439801019423-X | |
| B43.457.514 | AGUATOR II, S.L. | SANC. | 1998 | 439801011649-A | |
| B43.426.766 | AGUATOR, S.L. | SANC. | 1998 | 439801011650-G | |
| B43.472.380 | AJ MARGAR CONSTRUCCIONS, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801015894-V | |
| A43.219.153 | ALFA TERMICA EUROPEA, S.A. | SANC. | 1998 | 439801011709-V | |
| 17.052.742-J | ANIES PLAYAN JOAQUIN | RECARG. | 1998 | 439801020550-Z | |
| B43.205.954 | ANTONIO MARIA RIERA, S.L. | IVA/SOC | 1998 | 439801017018-J | |
| 26.473.045-E | ARANDA PARRA PAULINE | RECARG. | 1998 | 439801017845-X | |
| B43.298.926 | ARQUED Y SANS, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801020565-D | |
| B43.298.926 | ARQUED Y SANS, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801020568-S | |
| B43.298.926 | ARQUED Y SANS, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801020567-S | |
| B43.298.926 | ARQUED Y SANS, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801020566-N | |
| 31.141.800-F | ARRIAZA GALINDO ALFONSO | RENTA | 1998 | 439801016162-N | |
| G43.122.746 | ASOC DE PROP. DE LA ZONA RES. | SANC. | 1998 | 439801016991-D | |
| 39.695.023-J | AUCEJO SANCHEZ JULIO | RENTA | 1998 | 439801016148-Z | |
| A43.026.558 | BELL CONJUNT, S.A. | IVA/SOC | 1998 | 439801012121-S | |
| B43.301.621 | CANTERAS DOLCET, S.L. | SANC. | 1998 | 439801017678-Y | |
| 28.330.267-V | CARRILLO ARJONA BERNARDO | RECARG. | 1998 | 439801019862-Q | |
| E43.527.803 | COLL DA SILVA, C.B. | RECARG. | 1998 | 439801012180-W | |
| G43.524.701 | CONSTRUCCIONES CO & DO, S.C.P. | I.A.E. | 1998 | 439801010337-Z | |
| B43.283.050 | CONSTRUCCIONES PLATJA VENDRELL, S.L. | SANC. | 1998 | 439801017685-J | |
| G43.250.331 | CONSTRUCCIONES SANCHA, S.C.P. | SANC. | 1998 | 439801017667-H | |
| A43.205.186 | CONSTRUCCIONES VELL-MAR, S.A. | IVA/SOC | 1998 | 439801019290-R | |
| 76.094.270-N | CORREAS GARRIDO MANOLI | RECARG. | 1998 | 439801017849-K | |
| B43.402.098 | COVEN LAFUENTE, S.L. | SANC. | 1998 | 439801011674-M | |
| B43.469.188 | CRIMENSI, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801015911-D | |
| B43.469.188 | CRIMENSI, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801015909-Y | |
| B43.469.188 | CRIMENSI, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801015908-E | |
| B43.469.188 | CRIMENSI, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801015912-A | |
| B43.469.188 | CRIMENSI, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801015910-S | |
| A43.124.817 | CRISTALERIAS SANROMA Y DEL PUERTO | IVA/SOC | 1998 | 439801017023-E | |
| 39.703.488-Z | CUBER CORBACHO JORGE | RENTA | 1998 | 43980101183-B | |
| 39.761.832-F | DALMAU SOLANELLAS JOSE | IVA/SOC | 1998 | 439801020029-T | |
| 39.761.832-F | DALMAU SOLANELLAS JOSE | IVA/SOC | 1998 | 439801020026-V | |
| 39.761.832-F | DALMAU SOLANELLAS JOSE | IVA/SOC | 1998 | 439801020040-V | |
| 39.761.832-F | DALMAU SOLANELLAS JOSE | IVA/SOC | 1998 | 439801020039-Q | |
| 39.761.832-F | DALMAU SOLANELLAS JOSE | IVA/SOC | 1998 | 439801020027-P | |
| 39.761.832-F | DALMAU SOLANELLAS JOSE | IVA/SOC | 1998 | 439801020028-F | |
| B43.234.343 | EDIFICACIONS I OBRES VALLS, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801015934-Y | |
| B43.419.324 | EMBOTITS DE L'ALT CAMP, S.L. | IVA/SOC | 1998 | 439801017011-Y | |
| A28.038.552 | ESTACION DE DESCARGA DEL ESTE DE ES. | RECARG. | 1998 | 439801012218-L | |
| B43.355.080 | EUROTUNA, S.L. | SANC. | 1998 | 439801017668-L | |
| B43.428.275 | EXCAVACIONES MULTIDER, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801020598-A | |
| B43.428.275 | EXCAVACIONES MULTIDER, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801020597-C | |
| B43.428.275 | EXCAVACIONES MULTIDER, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801020596-V | |
| 36.813.717-D | FIOL BATALLE MARIA JOSEFA | RECARG. | 1998 | 439801020638-A | |
| 52.206.022-R | FLORIDO BAEZA DAVID | RECARG. | 1998 | 439801017812-A | |
| B43.538.446 | FRAMA 55, S.L. | I.A.E. | 1998 | 439801019333-Z | |
| B43.310.226 | GABINETE DE INGENIERIA Y ARQUITEC. | SANC. | 1998 | 439801018378-Q | |
| 39.600.692-M | GALIMANY SOLER ROMAN | RENTA | 1998 | 439801014883-N | |
| 39.173.782-K | GARCIA-ELIAS COS CARLOS MARIA | RECARG. | 1998 | 439801019016-C | |
| G43.317.486 | GERMANS TORNS, S.C.P. | SANC. | 1998 | 439801018406-K | |
| 39.699.126-E | GIMENO MICOLA JORGE | RECARG. | 1998 | 439801018731-B | |
| 9.594.962-Y | GONZALEZ VELASCO LISARDO | RENTA | 1998 | 439801010894-J | |
| X0.023.345-T | GOREN BARBAROS | RENTA | 1998 | 439801018023-W | |
| B43.309.384 | GRAVIK 3000, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801015768-S | |
| B43.447.192 | HENASA CONSTRUC. Y CANALIACIONES | SANC. | 1998 | 439801018434-A | |
| A58.019.654 | HOGEMA INMUEBLES, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801012363-K | |
| B43.067.404 | HOSTELERIA MASOT, S.L. | IVA/SOC | 1998 | 439801017043-F | |
| B43.408.194 | HOTEL SALOU PARADIS, S.L. | RETENC. | 1998 | 439801010826-R | |
| 33.964.930-W | IBAÑEZ SABIO MIGUEL ANGEL | RECARG. | 1998 | 439801012347-Q | |
| B43.509.702 | JUCALING, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801012343-S | |
| B43.509.702 | JUCALING, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801012342-A | |
| B43.491.877 | LA CANELA T.G.N., S.L. | RECARG. | 1998 | 439801015882-H | |
| B43.368.299 | LAVA LAVA SELF SERVICE, S.L. | SANC. | 1998 | 439801017661-N | |
| 39.638.859-S | LLAO GIL HERMINIA | RENTA | 1998 | 439801010687-C | |
| 40.274.288-T | LLORENS SOLER JAVIER | MODULOS | 1998 | 439801017030-W | |
| 37.251.225-B | LLORENTE CABRERA ANDRES | RENTA | 1998 | 439801014907-P | |
| 36.986.800-V | LOPEZ CAÑETE VICENTE | RENTA | 1998 | 439801019691-N | |
| 39.647.860-T | LORA CHACON JOSE ANTONIO | RENTA | 1998 | 439801016316-X | |
| 39.726.077-V | LOZANO GALLARDO FRANCISCO | SANC. | 1998 | 439801017674-W | |
| B43.095.298 | M C SERVEIS INFORMATICS, S.L. | IVA/SOC | 1998 | 439801017019-D | |
| 35.105.825-M | MARCH SORIANO SUSANA | RECARG. | 1998 | 439801012381-Y | |
| B43.446.418 | MARLITO, S.L. | RECARG. | 1998 | 4398010120582-A | |
| B43.446.418 | MARLITO, S.L. | RECARG. | 1998 | 4398010120584-Z | |
| B43.446.418 | MARLITO, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801020583-J | |
| 16.517.513-V | MARTINEZ TIJERA VICENTE MODESTO | RENTA | 1998 | 439801010688-C | |
| 39.831.276-Z | MESTRES VIDAL ROSRIO | RENTA | 1998 | 439801010686-M | |
| 77.780.699-N | MONTENEGRO MEJIAS JOSEFA | SANC. | 1998 | 439801017696-R | |
| 39.676.418-S | NAVARRO GARCIA JOSE MARIA | SANC. | 1998 | 439801018388-A | |
| B43.230.457 | OBRAS Y CONSTRUCCIONES ROMEU, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801012171-C | |
| 77.061.149-V | OLIVER ROSA DIEGO | RENTA | 1998 | 439801016401-E | |
| B43.355.825 | OSMADENT CENTRO PROTESICO DENTAL, S.L. | SANC. | 1998 | 439801011680-B | |
| A43.134.741 | PAUL RAHM, S.A. | LIQUID. | 1998 | 439801012097-Z | |
| 39.622.154-P | PEREZ HUERTAS MARIANO | RENTA | 1998 | 439801010781-K | |
| 40.900.580-W | PORRES SANCHEZ JORDI | RECARG. | 1998 | 439801018720-R | |
| B43.446.939 | PROMOCIONES Y CONSTRUC. OASIS | SANC. | 1998 | 439801018420-N | |
| A43.131.119 | RALEFA, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801012277-A | |
| A43.131.119 | RALEFA, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801012279-A | |
| A43.131.119 | RALEFA, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801012278-G | |
| B43.269.786 | REMY CHARPENTIER, S.L. | SANC. | 1998 | 439801016998-Q | |
| B08.912.222 | RENTBAGEN, S.L. | I.A.E. | 1998 | 439801012078-J | |
| 39.816.112-F | REQUENA REQUENA PERE | SANC. | 1998 | 439801017705-X | |
| A43.341.494 | RESIDENCIAL FRANCOLI, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801020591-T | |
| A43.341.494 | RESIDENCIAL FRANCOLI, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801020586-R | |
| A43.341.494 | RESIDENCIAL FRANCOLI, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801020587-S | |
| A43.341.494 | RESIDENCIAL FRANCOLI, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801020589-N | |
| A43.341.494 | RESIDENCIAL FRANCOLI, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801020590-K | |
| A43.341.494 | RESIDENCIAL FRANCOLI, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801020588-H | |
| B43.507.763 | REUS BELLIMART EMPRESA DE SERVICIOS | SANC. | 1998 | 439801018399-Z | |
| B43.375.492 | REVESTIMIENTOS DECORATIVOS VIGRAN. | SANC. | 1998 | 439801019174-T | |
| 39.666.168-T | RUBIO BAUSAN JUAN | RECARG. | 1998 | 439801018493-Q | |
| A43.050.889 | SA SOLIDARY | RECARG. | 1998 | 439801015907-H | |
| 14.840.157-M | SALAZAR OROZCO JOAQUIN | RENTA | 1998 | 439801016161-H | |
| 39.626.586-R | SALCEDO LOPEZ ANTONIA | RENTA | 1999 | 439901000210-M | |
| A43.068.865 | SALOU MAR MEDITERRANEO, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801009554-W | |
| F43.286.186 | SAT 25 MASOS | SANC. | 1998 | 439801011659-J | |
| A43.065.572 | SEGURIDAD Y SALVAGUARDIA, S.A. | RECARG. | 1998 | 439801017761-G | |
| 39.608.965-K | SERRAL FLIX GERARDO | RETENC. | 1998 | 439801010828-M | |
| F43.486.588 | SERVEIS A MENJADORS COL.LECTIUS MF. | RECARG. | 1998 | 439801012215-E | |
| B43.391.861 | SERVICIOS JEHISNER, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801020741-F | |
| B43.391.861 | SERVICIOS JEHISNER, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801020742-K | |
| B43.425.701 | SOCIEDAD DE GESTION Y PROM. COS. | SANC. | 1998 | 439801011713-K | |
| B43.326.784 | START-91, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801015847-X | |
| F43.054.097 | SUMINIS. DE AGUA A C AN NICOLAU S | RECARG. | 1998 | 439801015866-A | |
| B43.401.090 | TARRACO IMPERMEABILIZACIONES Y AISL. | SANC. | 1998 | 439801011715-T | |
| 39.635.330-M | TOMAS NAVARRO JORGE | RENTA | 1998 | 439801014957-B | |
| 39.644.047-M | TORNE CUSIDO EDUARDO | RECARG. | 1998 | 439801012383-H | |
| 39.644.047-M | TORNE CUSIDO EDUARDO | RECARG. | 1998 | 439801012384-Q | |
| B43.341.346 | VECTIO TRANS, S.L. | SANC. | 1998 | 439801011647-R | |
| B43.134.519 | VILANOVA CH-ELECTRIC, S.L. | RECARG. | 1998 | 439801015956-B | |
| 39.293.496-C | VILELLAS SOLA RICARDO | RENTA | 1998 | 439801019758-S | |
Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Tarragona, a 12 de marzo de 1999.-- El jefe de la Dependencia de Gestión Tributaria, José Miguel Mateo Gascón.
MINISTERI DE TREBALL I ASSUMPTES SOCIALS
En el anuncio 1999/2466 publicado en el BOP de Tarragona núm. 57 de fecha 10.3.99, página 3, relacionado con unas notificaciones devueltas, cuyo primer relacionado es Javier Navarro Codina,
Donde dice:
"E. Pallejà Llorens (Inspec. BCN) 10373 32.417"
debe decir:
"E. Pallejà Llorens (Inspec. BCN) 10673 32.417"
Tarragona, 18 de marzo de 1999. -- El jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Tornel Negrete.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 04, de Tarragona.
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra el deudor Ruiz Flores, Ángel, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en av. España, conj. Ermita-Segur, 6, se procedió con fecha 2.4.1998, al embargo de bienes muebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto.
Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda.
No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores.
Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:
-- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.
-- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, se convocará al deudor dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola.
-- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.
Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social y 116 de su orden de desarrollo de 22 de febrero de 1996 (BOE del día 29).
Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (BOE del día 24).
El Vendrell, 18 de marzo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Pedro J. López Sans.
Deudor: Ruiz Flores, Ángel
Núm. bien : 1
Descripción : T-9027-AH
Importe de tasación perito recaudador : 720.000 ptas.
El Vendrell, 30 de junio de 1998. -- El recaudador ejecutivo, Pedro J. López Sans .
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona 43/01 de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Hace saber: que en el expediente administrativo de apremio, que se tramita en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva número 43/01, por débitos a la Seguridad Social, contra ignorados herederos o herencia yacente de Víctor Aguilera Méndez, por débitos de 955.346 pesetas del Régimen Autónomos por medio del presente edicto, se requiere en forma a los familiares, al objeto de que comparezcan y manifiesten lo que proceda sobre la aceptación o no de la herencia.
Para lo cual se le notifica el procedimiento de apremio ejecutivo, que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva n.º 43/01, sita en av. de Ramón y Cajal, n.º 33, 1.º C, en Tarragona, para que si lo creen conveniente se personen a satisfacer los débitos en el plazo de quince días, o en su caso, se personen los interesados o familiares para manifestar lo que resulte sobre la posible aceptación de la herencia. En caso contrario, se proseguirá el procedimiento ejecutivo de apremio en la forma establecida al respecto en el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (RD 1637/1995, de 6 de octubre).
Tarragona, 18 de marzo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Saiz Aguelo .
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 43/01 de Tarragona, de la Tesorería General de la Seguridad Social,
Hago saber: Que en los expedientes administrativos de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores a la Tesorería General de la Seguridad Social, que luego se dirán, por débitos de principal, recargos y costas presupuestadas al día de hoy, y que se detallan, y que transcurrido el plazo de ingreso señalado en el artículo 110.3 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, (RD 1637/1995 de 6 de octubre), sin que se hayan satisfecho los créditos que se adeudan, notificados de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo, en cumplimiento de la providencia dictada en su expediente, por la que se ordena el embargo de los bienes del deudor, en cantidad suficiente para cubrir el descubierto, se han embargado en la entidad financiera, el importe que se indica, y que a continuación se detalla:
Importe a Importe
| Deudor | Identificador | embargar | Entidad | embargado | |
| Huete López Joaquín | 210018704270 | 2.778.625 | Banco Popular | 232.800 | |
| Mohedano Pàmies Clemente | 43100409619 | 1.409.216 | Caja Madrid | 3.894 | |
| Camps Font Rosa María | 430049968508 | 319.747 | Caixa Catalunya | 1.747 | |
| Pit Roig SL | 43101448226 | 3.290.346 | Caixa Penedès | 2.602 | |
| Pàmies Pàmies José R. | 430023790026 | 443.700 | C. Mediterráneo | 270 | |
| Amigo Coch María Cecilia | 430039910214 | 36.148 | Caixa Catalunya | 36.148 | |
| Julian Fernández Carrillo CB | 43007070815 | 72.000 | Caixa Pensions | 7.317 | |
| Noy 7 Set Busties SL | 43101363754 | 1.892.815 | Caixa Penedès | 49.346 | |
| Quesada Góngora Encarnación | 43101583723 | 88.696 | Banc Sabadell | 52.239 | |
| Fiblà Pardo Asela | 430053853457 | 11.408 | Caixa Pensions | 2.386 | |
| Copete Bolívar Juan Antonio | 430045856516 | 417.673 | Caixa Pensions | 5.239 | |
| M. Soledad Pérez Raya SCP | 43008488608 | 119.627 | Caja Madrid | 4.984 | |
| Esther Patiño Vidal | 039668599Q | 18.400 | Caja Postal | 18.400 | |
| Riu Clar, SL | 43006294081 | 7.422.248 | Caixa Pensions | 216.939 | |
| González Rodríguez Adoración | 430040358232 | 3.569.900 | Caixa Pensions | 648 | |
| Balas Mateu Juan | 430900176538 | 239.550 | Caixa Tarragona | 34.277 | |
| Martí Mercadé Alberto | 43003672354 | 2.412.716 | B. Eurohipotecaria | 79 | |
| Coch Castillo Enrique | 030083368908 | 28.876 | Caja Postal | 1.947 | |
| Abad Galván María Ángeles | 430056632004 | 89.153 | Caixa Terrassa | 5.292 | |
| Esther Patiño Vidal | 039668599q | 18.400 | Caixa Pensions | 8.753 | |
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 19 de marzo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 43/01 de Tarragona, de la Tesorería General de la Seguridad Social,
Hago saber: Que en los expedientes administrativos de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores a la Tesorería General de la Seguridad Social, que luego se dirán, por débitos de principal, recargos y costas presupuestadas al día de hoy, y que se detallan, y que transcurrido el plazo de ingreso señalado en el artículo 110.3 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, (RD 1637/1995 de 6 de octubre), sin que se hayan satisfecho los créditos que se adeudan, notificados de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo, en cumplimiento de la providencia dictada en su expediente, por la que se ordena el embargo de los bienes del deudor, en cantidad suficiente para cubrir el descubierto, se han embargado en la entidad financiera, el importe que se indica, y que a continuación se detalla:
Importe a Importe
| Deudor | Identificador | embargar | Entidad | embargado | |
| Asenjo Galván Fco. Javier | 090027467674 | 2.573.486 | Caixa Pensions | 81.725 | |
| Almagro Rosa Blas | 430028005482 | 174.877 | C. Catalunya | 10.797 | |
| Sanajuan Sánchez Teresa | 430034437289 | 300.637 | C. Catalunya | 119.328 | |
| Chiva Català Bernardo | 430036335459 | 525.815 | Caixa Pensions | 1.187 | |
| Martínez Ríos M.ª Carmen | 430029614975 | 309.483 | C. Catalunya | 3.370 | |
| Chacón Cubero Antonio | 43007210733 | 7.558.105 | C. Catalunya | 14.414 | |
| Gorrera Roca Ana Montserrat | 430047250989 | 1.219.855 | Caixa Pensions | 31.535 | |
| Gorrera Roca Ana Montserrat | 430047250989 | 1.219.855 | Caixa Pensions | 162.541 | |
| Martín Sánchez Antonio | 43005550720 | 816.663 | B. Santander | 84.202 | |
| Martínez Ortíz José María | 430029305686 | 728.972 | BCH | 1.761 | |
| Rubio Mellado Domingo | 430026638893 | 1.346.303 | Deutsch Bank | 35.280 | |
| Sanahuja Fonts Víctor | 430035410020 | 487.992 | C. Pensions | 3.568 | |
| Alborch Alborch Miguel | 43004434614 | 48.481 | B. Santander | 29.732 | |
| Alborch Alborch Miguel | 43004434614 | 48.481 | C. Rural Valencia | 7.935 | |
| Alborch Alborch Miguel | 43004434614 | 48.481 | B. Zaragozano | 2.814 | |
| Alborch Alborch Miguel | 43004434614 | 48.481 | Caja Rural | 8.000 | |
| Francisco Cortabitar Alejandro | 430901208576 | 22.966 | C. Pensions | 3.321 | |
| Merc. Bienes y Enseres SL | 43101943936 | 29.498 | Banesto | 2.744 | |
| Masip Cabrera Concepción | 430024130334 | 511.145 | C. Pensions | 237.972 | |
| Otero Queralt Demetrio | 431000967367 | 5.261.984 | C. Pensions | 437 | |
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 19 de marzo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01 de la Tesorería General de la Seguridad Social,
Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01, contra el deudor Inmaculada Marsal Cavallé, del municipio de Tarragona; por débitos de 309.500 ptas. por principal, recargos y costas presupuestadas, que debió satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social por el Régimen de Autónomos y cuya finca fue embargada en su día por la Unidad de Recaudación ejecutiva y que, con esta fecha, se efectúa la prórroga de anotación de embargo, de la finca que, a continuación, se expresa:
Lote único. Una mitad indivisa de urbana: vivienda, piso primero, puerta segunda, escalera dos, sita en edificio denominado "Athenas" en término de esta ciudad. De superficie edificada cien metros veinte decímetros cuadrados. Tiene una cuota de participación en los elementos comunes de diez enteros por ciento. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 1, al tomo 1.625, libro 771, folio 121, finca número 58.890, inscripción 4.ª.
Del citado embargo practicado en su día, se procederá, con esta fecha a la prórroga de anotación de embargo preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, (RD 1637/1995, de 6 de octubre), notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación; expídase según previene el artículo 130 de dicho texto legal, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146 del mencionado Reglamento.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 22 de marzo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01 de la Tesorería General de la Seguridad Social,
Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01, contra el deudor María Aranzazu L. Allué Núñez, del municipio de Tarragona; por débitos de 260.000 ptas. por principal, recargos y costas presupuestadas, que debió satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social por el Régimen de Autónomos y cuya finca fue embargada en su día por la Unidad de Recaudación ejecutiva y que, con esta fecha, se efectúa la prórroga de anotación de embargo, de la finca que, a continuación, se expresa:
Lote único. Una mitad indivisa de rústica. Pieza de tierra delimitada sobre el terreno, sita en término municipal de El Catllar, partida "Mas Blanch". De superficie aproximada, quinientos metros cuadrados. Linda: norte, resto finca de que se segrega, destinado a zona de servicios; sur, camino particular de la total finca, por donde tiene su acceso; este, resto de finca de que se segrega y oeste, asimismo resto de finca de que se segrega, destinado a zona verde. Esta finca es parte que se segrega de la inscrita con el número 523, al folio 132 del tomo 442, inscripción 10.ª Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 3, al tomo 1.618, libro 59, folio 94, finca 4.862, anotación letra "A".
Del citado embargo practicado en su día, se procederá, con esta fecha a la prórroga de anotación de embargo preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, (RD 1637/1995, de 6 de octubre), notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación; expídase según previene el artículo 130 de dicho texto legal, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146 del mencionado Reglamento.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 22 de marzo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01 de la Tesorería General de la Seguridad Social,
Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01, contra el deudor Ángel Cortés Malo, del municipio de Tarragona; por débitos de 252.000 ptas. por principal, recargos y costas presupuestadas, que debió satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social por el Régimen de Autónomos y cuya finca fué embargada en su día por la Unidad de Recaudación ejecutiva y que, con esta fecha, se efectúa la prórroga de anotación de embargo, de la finca que, a continuación, se expresa:
Lote único. Urbana, número catorce: vivienda, piso tercero, puerta segunda, del bloque siete, edificio "México", sito en término de esta ciudad, urbanización San Pedro y San Pablo. Consta de recibidor, paso, distribuidor, comedor-estar, con terraza, cuatro dormitorios, baño, aseo y cocina con galería. Cabida: ochenta y nueve metros cuarenta y dos decímetros cuadrados de superficie útil. Tiene una cuota de participación en el inmueble de dos enteros treinta centésimas por ciento. Procede de la número 35.163, al folio 91 de este tomo, inscripción 1ª. al tomo 1.737, libro 883, folio 077, finca registral número 35.191, inscripción 3.ª.
Del citado embargo practicado en su día, se procederá, con esta fecha a la prórroga de anotación de embargo preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, (RD 1637/1995, de 6 de octubre), notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación; expídase según previene el artículo 130 de dicho texto legal, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146 del mencionado Reglamento.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 18 de marzo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01 de la Tesorería General de la Seguridad Social,
Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01, contra el deudor José Antonio Carro Tome, del municipio de Tarragona; por débitos de 1.034.083 ptas. por principal, recargos y costas presupuestadas, que debió satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social por el Régimen de Autónomos y cuya finca fue embargada en su día por la Unidad de Recaudación ejecutiva y que, con esta fecha, se efectúa la prórroga de anotación de embargo, de la finca que, a continuación, se expresa:
Lote único. Mitad indivisa de urbana, número cuarenta y seis: vivienda, piso tercero, puerta segunda, escalera C, del edificio señalado con el número tres, llamado bloque "San Tadeo", sito en término de Tarragona, urbanización de San Pedro y San Pablo. Tiene una superficie útil de cincuenta y ocho metros setenta y seis decímetros cuadrados. Se compone de comedor-estar con terraza, tres dormitorios, aseo y cocina con galería y lavadero. Tiene una cuota de un entero trescientas ochenta y nueve milésimas por ciento. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 1, al tomo 1671, libro 817, folio 169, finca núm. 26.587, inscrip. A.
Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, (RD 1637/1995, de 6 de octubre), notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación; expídase según previene el artículo 130 de dicho texto legal, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146 del mencionado Reglamento.
Y no habiendo podido notificar al deudor en la forma establecida al respecto en los artículos 109 y 110 del citado Reglamento, por medio del presente edicto se le notifica el embargo efectuado, requiriéndole para que en el plazo de quince días nombre perito tasador de los bienes antes descritos, así como se le requiere para que, en el mismo plazo, aporte al expediente que se le sigue las escrituras de propiedad de los mencionados bienes y de no aportarse serán suplidas a su costa conforme a lo dispuesto en el artículo 140,2) del Reglamento General de Recaudación.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 22 de marzo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01 de la Tesorería General de la Seguridad Social,
Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se tramita en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01, contra el deudor José Antonio Carro Tome, del municipio de Tarragona; por débitos de 184.000 ptas. por principal, recargos y costas presupuestadas, que debió satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social por el Régimen de Autónomos y cuya finca fue embargada en su día por la Unidad de Recaudación ejecutiva y que, con esta fecha, se efectúa la prórroga de anotación de embargo, de la finca que, a continuación, se expresa:
Lote único. Mitad indivisa de urbana, número cuarenta y seis: vivienda, piso tercero, puerta segunda, escalera C, del edificio señalado con el número tres, llamado bloque "San Tadeo", sito en término de Tarragona, urbanización de San Pedro y San Pablo. Tiene una superficie útil de cincuenta y ocho metros setenta y seis decímetros cuadrados. Se compone de comedor-estar con terraza, tres dormitorios, aseo y cocina con galería y lavadero. Tiene una cuota de un entero trescientas ochenta y nueve milésimas por ciento. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 1, al tomo 1671, libro 817, folio 169, finca núm. 26.587, inscrip. A.
Del citado embargo practicado en su día, se procederá, con esta fecha a la prórroga de anotación de embargo preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, (RD 1637/1995, de 6 de octubre), notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, y, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación; expídase según previene el artículo 130 de dicho texto legal, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146 del mencionado Reglamento.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
Tarragona, 22 de marzo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.
El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 04, de Tarragona,
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Mata Rovira Maria, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en cl. Freginal, 13- 43830 - Torredembarra, se procedió con fecha 02/12/1998 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto.
Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, así como a su cónyuge Antonio Rubio Llonch con DNI 39.683.615 S, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.
El Vendrell, 22 de marzo de 1999. -- El jefe del Negociado, M.ª Nieves Fornos Gavaldà.
Diligencia: tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 039645141H, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle.
| Número de p. apremio | Período | Régimen |
| 43 95 013386150 | 04 1994 / 12 1994 | 0521 |
| 43 96 011614160 | 03 1995 / 12 1995 | 0521 |
| 43 96 014200525 | 01 1996 / 06 1996 | 0521 |
| 43 97 011928175 | 07 1996 / 12 1996 | 0521 |
| 43 97 013696912 | 01 1997 / 06 1997 | 0521 |
| 43 98 011551571 | 07 1997 / 12 1997 | 0521 |
Recargos de apremio: 343.057 pesetas
Costas devengadas 0 pesetas
Costas presupuestas: 195.000 pesetas
Total débitos: 1.415.357 pesetas
Y en cumplimiento de la Providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1637/1995 del 6 de octubre) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento.
Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.
Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.
No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva.
Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:
-- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.
-- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocarà al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola.
-- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.
Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobado por Orden de 22 de febrero de 1996, BOE del día 29).
Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.
Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.
El Vendrell, 2 de diciembre de 1998. -- El recaudador ejecutivo , Pedro Juan López Sans.
Deudor: Mata Rovira Maria
Finca número: 01
Descripción finca: local almacén
Tipo vía: cl
Nombre vía: norte
N. vía: 6
Cod. Post.: 43830
Cod.muni: 43155
N.º tomo: 1354
N.º libro: 129
N.º folio: 047
N.º finca: 9484
Urbana. Número uno. Local almacén, sito en la planta baja, de la casa sita en término de Torredembarra, calle norte, número seis, con una superficie de setenta y cinco metros cuadrados, consta de una sola nave, y linda: por el frente, con calle norte; por la derecha entrando, con portal y caja de escalera de acceso a la vivienda; por la izquierda, y fondo, con finca de Serafín Mercadé. Su cuota es de 34 enteros por ciento.
-- Por mitad y en proindiviso --
Finca número: 02
Descripción finca: solar
Tipo vía: c