Escut1

BUTLLETÍ OFICIAL

DE LA PROVÍNCIA DE TARRAGONA

Núm. 136 Dilluns, 14 de juny de 1999

SUMARI


Pàg.

ADMINISTRACIÓ DE L'ESTAT

MINISTERI DE TREBALL I ASSUMPTES SOCIALS 2

Tesorería General de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Tarragona

Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona 43/01

Unidad de Recaudación Ejecutiva de El Vendrell 43/04

Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Tarragona

Sanciones y liquidaciones

ADMINISTRACIÓ LOCAL

CONSELLS COMARCALS 11

Consell Comarcal del Tarragonès

AJUNTAMENTS

Ajuntament d'Alforja 18

Ajuntament d'Altafulla 18

Ajuntament d'Amposta 18

Ajuntament de Calafell 19

Ajuntament de Cunit 19

Ajuntament d'Horta de Sant Joan 20

Ajuntament de Montbrió del Camp 20

Ajuntament dels Pallaresos 20

Ajuntament del Pinell de Brai 20

Ajuntament de Rasquera 20

Ajuntament de Reus 20

Ajuntament de la Riba 23

Ajuntament de Riudecanyes 23

Ajuntament de Roda de Barà 23

Ajuntament de la Sénia 23

Ajuntament de Tarragona 23

Ajuntament d'Ulldecona 25

ADMINISTRACIÓ DE JUSTÍCIA

JUTJATS DE PRIMERA INSTÀNCIA/INSTRUCCIÓ

Reus núm. 3 25

El Vendrell núm. 1, 3, 4 25

JUTJATS SOCIAL

Alicante núm. 4 30

Tarragona núm. 1, 2 30

DIPUTACIÓ DE
TARRAGONA

ADMINISTRACIÓ DE L'ESTAT  


MINISTERI DE TREBALL I ASSUMPTES SOCIALS

1999/6900 - TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Dirección Provincial de Tarragona
Anuncio

A la vista de los expedientes de apremio seguidos contra los deudores que se señalarán, así como el débito pendiente i período a que se refiere, al no haberse podido realizar las deudas, por el presente anuncio, y a tenor de lo dispuesto en el punto 2 del artíclo 126 de la Orden de 22 de febrero de 1996, por el que se desarrolla el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, que aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, se hace constar que en cada uno de ellos ha recaído la siguiente resolución:

"Vista la propuesta de declaración de crédito incobrable formulada por la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Resultando : que se hace constar en el expediente instruido que el sujeto responsable no posee domicilio conocido.

Considerando : que a tenor de lo dispuesto en el artículo 171 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el R.D. 1637/1995 de 6 de octubre, es competente esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social para la declaración de crédito incobrable.

Considerando : que en la instrucción del presente expediente se ha observado todos los trámites procesales previstos en las normas reglamentarias vigentes.

Vistos los textos legales citados y demás normas de general aplicación.

Acuerdo : declarar el sujeto responsable insolvente, sin perjuicio de que este acuerdo sea revisable, de modificarse las condiciones que lo han motivado y dentro del plazo de prescripción de los respectivos débitos.

Publíquese el presente en el Boletín Oficial de la Provincia, comunicando el cese de la empresa en su actividad y la baja de los trabajadores, en su caso.

-- El director provincial, Pablo Martín-Sanz García. "
Prov. Núm. emp. DC Empresa Municipio Desde Hasta Importe
43 506634 70 ALCALA MORELLO PEDRO PABLO 43580 - DELTEBRE 01/07/95 30/12/96 176.669
43 512950 81 AMILLS RODRIGUEZ JAVIER 43205 - REUS 01/07/95 30/10/96 388.743
43 595958 57 BALDRICH ROSELL RENATO IGNAC 43500 - TORTOSA 01/11/97 30/12/97 25.115
43 454965 5 BELDA ARIN MARIA CARMEN 43850 - CAMBRILS 01/12/92 30/05/94 553.200
8 10039558 27 BENAVENT GUTIERREZ JOSEFINA 43860 - AMETLLA DE MAR 01/01/94 28/02/96 914.201
43 335420 61 BERTOMEU ARDIT ANGELA 43580 - DELTEBRE 01/01/89 30/12/97 2.219.969
43 39307 19 CABA FERNANDEZ LORENZO 43890 - HOSPITALET 01/05/81 30/01/86 26.217.538
43 586009 2 CASANOVA PLA SILVIA 43580 - DELTEBRE 01/12/95 30/12/95 13.170
43 1017074 96 CENT.JARDINER.HAWAICENTER SL 43838 - CREIXELL 01/03/96 30/12/97 874.527
43 1005994 74 CHALETS PRACTIC,S.L. 43001 - TARRAGONA 01/10/93 30/01/94 2.835.667
8 3075512 56 CHIES ROCH JOSE 43830 - TORREDEMBARRA 01/02/91 30/05/91 791.526
43 1016586 93 CLUB DEL COMERCIO INTERNAC. 43850 - CAMBRILS 01/10/95 30/10/95 100.647
43 82703 56 CONSTRUC.INSTANTANEAS S.A. 43700 - EL VENDRELL 01/10/97 30/10/97 60.580
43 431500 14 CORRALES VICO MIGUEL 43204 - REUS 01/04/90 30/06/98 1.649.004
43 10076005 24 COS QUERALT JOSEP MARIA 43411 - BLANCAFORT 01/09/97 30/10/97 25.115
43 1021267 21 CRIMENSI, S.L. 43460 - ALCOVER 01/01/98 30/01/98 193.607
43 1004166 89 DELTA FUST, S.L. 43580 - DELTEBRE 01/01/94 28/02/97 3.993.115
43 1024985 53 DELTOMME ANN CHRISTY,COCHIN 43840 - SALOU 01/10/96 30/04/97 298.890
43 10012221 66 EL FILALI--MIMOUN 43887 - NULLES 01/02/93 30/12/97 627.495
43 10056171 75 EL HASSANI NAJIM 43800 - VALLS 01/09/97 30/12/97 49.650
43 1025260 37 ELMAINFO,S.L. 43202 - REUS 01/11/96 30/01/98 603.495
43 572496 69 ENCARNACION CALERO M.ROSA 43120 - CONSTANTI 01/02/97 30/05/97 153.244
43 1008583 44 EXCAV. Y TRANPORT.GUIMERA,SL 43850 - CAMBRILS 01/03/95 30/01/97 2.352.464
23 483483 37 FERNANDEZ COBO EIFRASIO 43144 - VALLMOLL 01/02/91 30/04/98 941.135
8 2913293 21 GARCIA CABA MARTIN 43880 - EL VENDRELL 01/04/93 30/12/95 1.180.326
8 2585799 96 GARCIA CASANOVAS REMEDIOS 43840 - SALOU 01/07/97 30/12/97 163.196
43 10067334 83 GAYE--MBAYE 08002 - BARCELONA 01/04/97 30/06/97 81.912
43 10020920 35 GOMEZ DOMINGUES MANUEL 43700 - EL VENDRELL 01/11/93 30/09/95 324.778
8 3120337 67 GUERRERO MAIRENA REMEDIOS 43870 - AMPOSTA 01/07/96 30/12/96 361.110
43 1010596 20 GUSTAVO JARDEL RIVERO S.C.P. 43480 - VILA-SECA 01/08/94 30/03/95 496.370
43 10023872 77 GUTIERREZ XIMENES CARMEN 43300 - MONT-ROIG DEL CAMP 01/06/97 30/12/97 765.547
43 598412 86 HASSANI--MOULOUD 43760 - EL MORELL 01/06/96 30/10/96 58.752
43 1011350 95 IMBISS,C.B. 43840 - SALOU 01/07/94 30/01/95 297.659
43 1012473 54 IND. GRAFIC.SEGUR CALAFELL 43882 - CALAFELL 01/03/95 30/03/97 2.045.496
43 4626 64 INDISTRIAS MITER,S.A. 43700 - EL VENDRELL 01/02/98 30/08/98 5.983.926
43 1025344 24 INSTALAC.ALUMINIOS SALOU S.L 43840 - SALOU 01/05/97 30/05/97 19.867
43 549134 I IGUEZ PRESAS JAVIER 43500 - TORTOSA 01/08/92 30/09/92 55.248
43 595626 16 ISPIERTO PEREZ JOSEFA 43460 - ALCOVER 01/11/96 30/06/97 252.468
43 10010152 34 KICHOUHI--MHAMED 43887 - NULLES 01/01/94 30/12/97 556.726
43 10048117 72 KOOLS--CHRISTIANJEAN 43840 - SALOU 01/10/96 30/12/97 605.410
43 1030857 8 KOPPEA J.M., S.L. 43460 - ALCOVER 01/10/97 30/01/98 513.910
45 215404 89 LAZARO CARRASCO SANCHEZ FELI 43840 - SALOU 01/01/92 30/03/94 418.447
43 1022799 1 LAZSEIVE--JEANNINE 43840 - LA PINEDA 01/04/96 30/09/96 307.561
43 256127 17 LLEIXA COSTABELLA JOSE 43878 - MASDENVERGE 01/01/84 30/06/98 3.345.151
43 1027617 66 LLOP RODRIGUEZ ESTER 43800 - VALLS 01/10/97 30/11/97 66.518
43 1017766 12 LO RE ALBERTO EUGENIO 43840 - SALOU 01/04/95 30/11/97 3.406.511
43 10053563 86 LOPEZ GARCIA AMADOR 43840 - SALOU 01/06/97 30/11/97 244.576
43 10001400 12 LOUKILI--MOHAMED 43300 - VILABELLA 01/01/93 30/12/97 485.087
43 10013149 24 MANSWORTH--TARA 43840 - SALOU 01/06/97 30/12/97 285.242
43 1012817 10 MARAGUSTINMO S.L. 43840 - SALOU 01/09/96 30/11/96 155.084
43 556549 30 MARTI FIBLA MARIA CARMEN 43850 - CAMBRILS 01/07/97 30/12/97 217.466
8 3603081 42 MARTINEZ GRACIA SERGIO 43840 - SALOU 01/01/96 30/07/96 144.479
43 152671 60 MASSO COBOS JOSE 43422 - BARBERA DE LA CONCA 01/02/97 30/03/97 45.856
43 10051790 59 MBAYE--DIASSE 43840 - SALOU 01/11/97 30/12/97 25.115
3 10110970 30 MBOUP--MOR COUMBA 43840 - SALOU 01/09/97 30/12/97 152.898
43 10004704 18 MEDDICHE--MOHAMED 43460 - ALCOVER 01/08/97 30/03/98 168.506
43 1029832 50 MENDOZARMEN,S.L. 43700 - EL VENDRELL 01/09/97 30/09/97 162.952
43 1000906 30 MERINO BELLIDO ANTONIO 43004 - TARRAGONA 01/05/92 30/11/94 1.457.027
43 416856 17 MESA HORTONEDA FELICIANO 43530 - ALCANAR 01/01/95 30/05/98 1.618.704
43 230663 64 MESTRES AGRAS JUAN 43203 - REUS 01/03/88 30/12/97 2.888.996
43 1017275 6 MILAN QUERO MARIA MAR 43840 - SALOU 01/06/95 30/12/97 1.998.695
43 355482 44 MIRON MARTOS CATALINA 43840 - SALOU 01/03/94 30/10/97 996.127
43 1007303 25 MONTSERRAT BOVE BALSELLS S. 43812 - PUIGPELAT 01/11/94 30/05/95 910.008
8 3864151 85 MORA GARCIA MARIA TERESA 43840 - SALOU 01/01/94 30/06/96 560.548
3 510553 76 MORENO CORTES CUSTODIA 43204 - REUS 01/04/96 30/10/96 32.184
43 266993 19 MORENO GARCIA MANUEL 43892 - MIAMI - PLAYA 01/01/93 30/11/94 776.685
43 269479 80 MOTERA BERNAL BERNARDINA 43840 - SALOU 01/07/97 30/07/97 38.659
43 369803 9 MOYA MARTINEZ FRANCISCO 43480 - VILA-SECA 01/05/96 30/12/97 669.676
43 283706 48 MU OZ CLUA JOAQUIN 43500 - TORTOSA 01/02/87 30/05/98 2.996.339
43 10018008 33 NDIAYE--KOSSO 43840 - SALOU 01/01/93 30/09/95 263.108
31 10008364 87 NDIAYE--MBAYE 43840 - SALOU 01/11/96 30/12/96 78.472
43 571058 86 NIASS--MOR TALLA 43840 - SALOU 01/05/98 30/05/98 4.694
43 10004044 37 NIASS--SAMBA 43840 - SALOU 01/08/97 30/08/97 38.659
43 533587 57 NOLLA SUBIRATS JOSE MARIA 43860 - AMETLLA DE MAR 01/07/93 30/10/95 885.125
43 1023661 87 OPERT KILIGAN, S.L. 43700 - EL VENDRELL 01/02/97 30/12/97 1.280.769
43 63002 46 POLLERIA PUJOL, S.A. 43519 - PERELLO 01/12/94 30/05/98 21.193.833
43 1005733 7 RICARDO SEISDEDOS ROMERO,SCP 43810 - PLA DE SANTA MARIA 01/07/93 30/04/95 7.316.021
43 1001987 44 ROCA AYATS SANTIAGO 43840 - SALOU 01/06/92 30/12/97 2.465.977
43 30474 13 ROIG Y CIA, S.L. 43480 - VILA-SECA 01/12/93 30/08/95 994.255
43 1021849 21 ROJO MARTIN JOSE PEDRO 43840 - SALOU 01/04/96 30/07/96 169.616
43 1019618 21 ROMERO GONZALEZ PATRICIA 43840 - SALOU 01/07/95 30/12/96 1.360.912
8 3607995 9 ROMERO MARTINEZ JORGE 11180 - ALCALA GAZULES 01/09/96 30/06/98 2.211.268
43 67931 28 ROS MARY, C.B. 43201 - REUS 01/04/89 30/09/94 331.229
43 323525 0 ROVIRA CABRE JOSE 43850 - CAMBRILS 01/01/82 30/06/98 5.657.495
25 419134 54 RUBI SELLERES ADRIA 43748 - LA SELVA DEL CAMP 01/08/92 30/12/93 130.705
43 1027564 13 RUIZ FERRER SOLEDAD 43120 - CONSTANTI 01/03/97 30/04/97 115.804
43 1025227 4 S.I., J.BAENA, C.ZAMARRE O 43840 - SALOU 01/04/97 30/04/97 31.112
43 182546 59 SAAVEDRA NAVARRO JOSE 43840 - VILA-SECA 01/01/91 30/08/96 107.152
8 4513331 44 SABATE PI ANA JOSE LUIS 43840 - SALOU 01/04/95 30/12/97 829.864
43 10069378 90 SCHOUTEN EVERARDUS JOSEP 43840 - SALOU 01/05/97 30/08/97 163.244
43 10039727 24 SCHWARZE DIRK 43840 - SALOU 01/06/96 30/10/96 182.925
43 1015565 42 SEVITE LOGISTICA SERVICIOSSL 43480 - VILA-SECA 01/06/95 30/04/97 2.601.736
43 10010174 56 SEYE MODOU DIOP 43840 - SALOU 01/10/97 30/12/97 5.942
43 1029245 45 TAES HOSTELERIA, S.L. 29688 - ESTEPONA 01/06/97 30/10/97 371.400
43 80178 53 TELIMSA, S.L. 43840 - SALOU 01/05/93 30/06/93 90.724
43 530008 67 THIAM BATHIE 43840 - SALOU 01/01/92 30/10/97 390.383
43 77112 91 TORO MIRETE JOSE LUIS S.C.P. 43840 - SALOU 01/06/89 30/12/95 1.570.509
43 1028863 51 TROVADIN, S.L. 43840 - SALOU 01/06/97 30/12/97 640.429
43 10022289 46 TRULLA VERDERES SILVIA 43700 - EL VENDRELL 01/06/96 30/01/97 301.619
43 82887 46 TYSME, S.L. 43840 - SALOU 01/03/97 30/03/98 5.639.469
43 1015033 92 VENDRELL INSTALACIONES S.L. 43700 - EL VENDRELL 01/02/97 30/10/97 3.133.134

1999/6772 - TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona 43/01
Edicto

El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01 de la Tesorería General de la Seguridad Social,

Hago saber: tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01 de mi cargo, expediente administrativo de apremio contra Antonio Gil Gispert, vecino de Tarragona, por el concepto de autónomos y por un importe de principal recargos y costas de dos millones novecientas ochenta y cinco mil trescientas cincuenta y siete, ha recaído la siguiente resolución:

Notificar a la esposa del deudor Antonio Gil Gispert, doña Mercedes Gutiérrez García, los embargos y las prórrogas de la finca siguiente:

Lote único, una mitad indivisa, de una cuarenta y cuatro ava parte de rústica, porción de terreno sita en término de El Catllar, partida Tapiolas, cabida setecientos trece metros cuadrados. Linda al frente o norte en línea de veinticinco metros, a la derecha entrando, en línea de veintiún metros y a la izquierda, en línea de veinticinco metros con camino, y al fondo, línea de treinta y cinco metros, con resto de la finca de que se segregó. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona núm. 3, al tomo 1.168, libro 59, folio 55, finca núm. 1.918.

Que la diligencia de embargo se practicó con fecha 2 de octubre de 1991, anotándose el referido embargo, por un importe de 470.715 ptas., con fecha 11 de marzo de 1992, anotación letra A. Efectuándose posteriormente la diligencia de prórroga, por un importe de 470.715 ptas., con fecha 1 de febrero de 1996, anotándose la prórroga con fecha 19 de febrero de 1996, anotación letra D.

Que con fecha 13 de mayo de 1994, se dictó diligencia de ampliación de embargo sobre la referida finca, practicándose la anotación, por un importe de 457.764 ptas., con fecha 27 de junio de 1994, letra C, posteriormente se dictó diligencia de prórroga de la ampliación de embargo por un importe de 456.764 ptas., anotándose la misma con fecha 12 de junio de 1998, con la letra H.

Que con fecha 18 de diciembre de 1998, se valoró la finca, por técnico nombrado por esta Unidad, cuyo valor fue de 55.000 ptas.

Y no habiéndose podido notificar la citada valoración al interesado, y especial a la esposa del mismo, por medio del presente edicto se le notifica la misma, advirtiéndole que si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados y valorados, en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente notificación, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en el caso necesario.

Si existiese discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

-- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

-- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, queda convocado en calidad de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de los quince días siguientes al de la presentación de la peritación contradictoria, y de no hacerse así o cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad, solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 22 de febrero de 1996, BOE del día 29).

Lo que se notifica al deudor, y en especial a la esposa del mismo, doña Mercedes Gutiérrez García, los embargos y las prórrogas, efectuadas en su día, de la finca citada, con la advertencia que de no pagarse la deuda en esta Unidad, se proseguirá el trámite, sacándose a subasta la referida finca.

En cumplimiento de lo dispuesto en el número 2 del artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (RD 1637/1995, de 6 de octubre), notifí-quese estas diligencias, así como sus prórrogas de embargo al deudor, en su caso, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, con la advertencia a todos de que pueden designar peritos que intervengan en la tasación; expídase según previene el artículo 130 del Reglamento citado, el oportuno mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autorización de subasta, conforme el artículo 146 del mencionado Reglamento.

Y no habiendo podido notificar al deudor en la forma establecida al respecto en los artículos 109 y 110 del citado Reglamento, por medio del presente edicto se le notifica el embargo efectuado, requiriéndole para que en el plazo de quince días nombre perito tasados de los bienes antes descritos, así como se le requiere para que, en el mismo plazo, aporte al expediente que se le sigue las escrituras de propiedad de los mencionados bienes y de no aportarse serán suplidas a su costa conforme a lo dispuesto en el artículo 140.2 del Reglamento General de Recaudación citado.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Tarragona, 27 de mayo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.

1999/6773 - TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona 43/01
Edicto

Hago saber: que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor José Antonio Andreu Blesa, del municipio de Tarragona, por deudas a la Seguridad Social, se procedió en fecha 14.6.95, al embargo de los bienes muebles de su propiedad. Como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados, en el plazo de quinze días, a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en caso necesario.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

-- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

-- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, queda convocado en su calidad de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de los quince días siguientes al de la presentación de la peritación contradictoria, y de no hacerse así o cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobado por Orden de 22 de febrero de 1996, BOE del día 29).

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (BOE del día 24).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Relación de bienes inmuebles embargados
con valoración de los mismos

- Deudor : José Antonio Andreu Blesa

NIF 39.634.520

Finca número 2.504:

Vivienda en la planta baja, sita en la izquierda mirando a la fachada del edificio sito en esta ciudad, barrio de Bonavista, calle Veintiuno, número setenta y nueve. De cabida, noventa y seis metros cuadrados. Tiene una cuota en el inmueble de dieciséis enteros por ciento. Se forma por división de la inscrita con el número 2.500, al folio 138 de este tomo y libro, inscripción 1.ª. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 3, al tomo 1.565, libro 29, folio 142.

Finca número 9.662:

Una mitad indivisa de urbana, número siete: vivienda en planta primera, puerta cuarta, del edificio en construcción sito en término de esta ciudad, barrio de Bonavista, calle Catorce, número catorce. Consta de salón-comedor, con terraza, cuatro dormitorios, cocina con lavadero, baño, aseo, recibidor y paso. Ocupa una superficie útil de ochenta y siete metros noventa y ocho decímetros cuadrados. Tiene arriba la vivienda en piso segundo, puerta cuarta y debajo, la planta baja. Tiene una cuota en el inmueble de cuatro enteros veintitrés centésimas por ciento. Se forma por división de la registral 9.115, al folio 218, del tomo 1.664, libro 92, inscripción 2.ª. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 3, al tomo 1.682, libro 100, folio 162.

- Porcentaje de propiedad del derecho que se valora :

El derecho que se valora coincide con el valor de mercado.

- Finca número 2.504:

Valor de mercado. 5.435.190 pesetas.

- Finca número 9.662:

Valor de mercado. 8.261.820 pesetas.

Tarragona, 31 de mayo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo .

1999/6774 - TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01
Edicto

El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 43/01 de Tarragona, de la Tesorería General de la Seguridad Social,

Hace saber: que en los expedientes administrativos de apremio que se tramitan en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores a la Tesorería General de la Seguridad Social, que luego se dirán, por débitos de principal, recargos y costas presupuestadas al día de hoy, y que se detallan, y que debieron de satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social, les han sido embargados los vehículos siguientes:
Número de Importe de Vehículo
Deudor expediente la deuda embargado
Disarces, SL 970082809 95.783 T-8572-AB
Muñoz Oliver, Luis 980011401 1.789.600 T-4865-AH
Muñoz Oliver, Luis 980011401 1.789.600 T-0017-AB
Muñoz Sans, Héctor 980047066 885.140 T-4308-AS
Muñoz Sans, Héctor 980047066 885.140 T-0963-AS
Roch Vernet, José 920853364 312.800 T-2415-V
Barberá Lerín, Domingo 920022542 819.200 T-7904-AH
Rabazao Bermejo, Pedro 910105170 261.800 B-2946-CM
Carcelero Laleona, Juan Carlos 980025545 489.800 T-5554-AW
Lara Hidalgo, Francisco M. 980046561 143.200 T-4615-AM
Lara Hidalgo, Francisco M. 980046561 143.200 T-9730-S
Beltrán Rillo, David 990008600 78.200 T-0861-Z
Bosch Braña, José María 930060162 1.021.200 T-2357-AM
Sancho Bernal, Miguel 910057377 876.800 T-8117-AX
Muñoz Moreno, Ramón 940146883 568.200 T-8020-X
López Martínez, Antonio 900143640 279.800 T-4611-AS
Navarro Martínez, Manuel 990010620 126.800 T-9039-AD
Gázquez Martínez, Francisco 900166777 691.200 T-0505-V
Zaragoza González, Carlos 98500334 22.054 T-4154-AB
Ribalt Muñoz, Ana María 920051243 429.568 T-5196-AP
Pined Roda, Carolina Car. 980021808 247.256 LU-1430-F
Pérez Soldrá, Francisco 930057031 2.501.353 T-3457-AH
Monzón Serrano, Rafael 900078972 1.941.200 T-5457-X
Monzón Serrano, Rafael 900078972 1.941.200 HU-0231-R
Mañé Mateu, Immaculada 980054746 268.545 T-9023-W
López Álvarez, Andrés 98500281 65.445 T-6009-W
Díaz Barroso, Juana 98500287 47.300 T-2951-AU
Agea Pérez, Ángel 98500265 22.261 T-2131-U
E ignorándose el paradero del citado deudor, se le notifica por medio del presente edicto el embargo realizado, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, invitándole a que en el plazo de ocho días designe depositario y perito tasador de los bienes embargados, ya que en caso contrario se estará a lo dispuesto en el artículo 128,4) del citado Reglamento, sobre la aprehensión de los mencionados vehículos.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Tarragona, 31 de mayo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.

1999/6775 - TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona número 43/01
Edicto

El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 43/01 de Tarragona, de la Tesorería General de la Seguridad Social,

Hace saber: que en los expedientes administrativos de apremio que se tramitan en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores a la Tesorería General de la Seguridad Social, que luego se dirán, por débitos de principal, recargos y costas presupuestadas al día de hoy, y que se detallan, y que transcurrido el plazo de ingreso señalado con el artículo 110.3 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, (RD 1637/1995, de 6 de octubre), sin que se hayan satisfecho los créditos que se adeudan, notificados de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo, en cumplimiento de la providencia dictada en su expediente, por la que se ordena el embargo de los bienes del deudor, en cantidad suficiente para cubrir el descubierto, se han embargado en la entidad financiera, el importe que se indica, y que a continuación se detalla:

Importe a Importe
Deudor Identificador embargar Entidad embargado
Mant Inmobi. Generales 10, SL 43101504204 159.173 Banesto 159.173
Viñas Dalmau, José 430029963266 16.120 Caixa Tarrassa 16.120
Aguilar Martínez, M.ª Carmen 430023584710 33.914 Caixa Pensions 6.433
Giménez Moreno, Juan Ramón 431003270583 541.059 Caja Madrid 1.565
Mercadé Poblet, Joan 43005392991 2.612.079 Caixa Penedès 373.204
Fortés Valle, M.ª Isabel 430053791823 81.332 Caixa Pensions 15.550
Auxiliar Europea Instala. Euroelc. 43102416004 132.734 B. Central H. 21.922
Salinas Hita, Manuel 430029808773 16.020 Caixa Pensions 16.020
Torrero Torres, Antonio 430018775025 50.790 Caixa Catalunya 50.790
Cuevas García, Felisa 280258124973 34.473 Caixa Pensions 450
Eslava Montesinos, Juan 430039856256 77.434 Caixa Tarragona 2.725
Kao Chien Yyang Weng 43005893553 2.200.708 Caixa Pensions 25.227
Kao Chien Yyang Weng 43005893553 2.200.708 Caixa Pensions 12.543
Y que habiendo resultado infructuosas las notificaciones a los deudoresindicados en la relación, por ausencia en horas de reparto, cambio de domicilio u otras causas, por medio del presente edicto se notifica las cantidades embargadas procedentes de cuentas bancarias, y en cumplimiento todo ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, (RD 1637/1995, de 6 de octubre).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Tarragona, 31 de mayo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo.

1999/6864 - TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Unidad de Recaudación Ejecutiva de Tarragona 43/01
Edicto

Hago saber: que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Manuel Mondragón Yeste, del municipio de Tarragona, por deudas a la Seguridad Social, se procedió en fecha 1.2.91, al embargo de los bienes muebles de su propiedad. Como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados, en el plazo de quinze días, a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en caso necesario.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

-- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

-- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, queda convocado en su calidad de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de los quince días siguientes al de la presentación de la peritación contradictoria, y de no hacerse así o cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobado por Orden de 22 de febrero de 1996, BOE del día 29).

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (BOE del día 24).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. En iguales términos que sirva de notificación a la esposa Rosario Luque Tenor

Relación de bienes inmuebles embargados
con valoración de los mismos

- Deudor : Manuel Mondragón Yeste

NIF 39.629.291

Finca número 24.286:

Urbana, número cuarenta y tres: vivienda, piso cuarto, puerta tercera de la casa número dos. Está situada en la cuarta planta alta del edificio. Tiene una superficie de setenta y seis metros cuarenta y tres decímetros cuadrados. Consta de recibidor, tres dormitorios, comedor, cocina, aseo y lavadero. Tiene una cuota de participación en la propiedad horizontal de dos enteros, diez centésimas por ciento. Esta finca es parte por división del edificio compuesto de dos cuerpos completamente iguales denominados Casa 1 y Casa 2, sito en Tarragona, partida de Gavarra, carretera de Tarragona a Alcolea, barrio de Torreforta. Inscrita con el número 20.706, al folio 155, del tomo 874, inscripciones 1.ª y 2.ª. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 3, al tomo 922, libro 347, folio 99.

- Porcentaje de propiedad del derecho que se valora :

El derecho que se valora coincide con el valor de mercado.

- Finca número 24.286:

Edificio Haya, n.º 20, 4.º 2.ª. La Floresta

Valor de mercado: 4.912.108 pesetas.

Tarragona, 2 de junio de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Santiago Sáiz Aguelo .

1999/6868 - TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Unidad de Recaudación Ejecutiva de El Vendrell 43/04
Notificación de embargo de bienes a través de anuncio (TVA-502)

El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 04, de Tarragona,

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Arús Sunol, Jaime, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en c/San Carlos, 2 - 43710 - Santa Oliva, se procedió con fecha 5 de mayo de 1999 al embargo de bienes muebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, así como a su cónyuge D.ª Montserrat Sangenís Castillo, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

El Vendrell, 24 de mayo de 1999. -- El jefe de Negociado, Pedro J. López Sans.

Diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501)

Diligencia: tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 038698316B, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle.

Número de p. apremio Período Régimen  


43 95 013365033 09 1994/12 1994 0521
43 96 011595568 02 1995/10 1995 0521
43 96 014661374 04 1996/05 1996 0521
43 97 011967682 08 1996/12 1996 0521
43 97 013737025 02 1997/04 1997 0521
43 97 014500695 05 1997/05 1997 0521
43 98 011590270 09 1997/12 1997 0521
43 98 013627977 01 1998/04 1998 0521
Importe del principal: 617.079 pesetas

Recargos de apremio: 143.936 pesetas

Costas devengadas: 0 pesetas

Costas presupuestas: 200.000 pesetas 


Total débitos: 961.015 pesetas

Y en cumplimiento de la Providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1637/1995 del 6 de octubre) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes según tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

-- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

-- Cuando la diferencia entre ambas excede del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

-- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo (aprobada por Orden de 22 de febrero de 1996, BOE del día 29).

Asimismo, expídase al oportuno mandamiento el Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso ordinario ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

El Vendrell, 5 de mayo de 1999. -- El recaudador ejecutivo, Pedro J. López Sans .

Descripción de la finca embargada

Deudor: Arús Sunol, Jaime

Finca número: 1

Datos finca urbana

Descripción finca: porción de terreno Tipo vía: av.

Nombre vía: Verge del Remei

Datos registro
N.º tomo: 954; N.º libro: 35; N.º folio: 74; N.º finca: 2.134
Descripción ampliada

Urbana: porción de terreno en término de Santa Oliva, partida Las Pedreras, que forma parte de la parcela número trece de la manzana PAJ, en la urbanización Vendrell-Junior, destinada a vial, de superficie ciento veinticuatro metros cuadrados. Linda: al frente en línea de seis metros, con avinguda Verge del Remei; al fondo, con resto de finca de que se segrega; derecha entrando, parcela número doce; e izquierda entrando, resto de finca matriz. Por mitad y proindiviso.

1999/6869 - INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL DE TARRAGONA
Sanciones y liquidaciones
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Intentada sin efecto la notificación